Resolución Nº 3977-2021-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 23 de noviembre de 2021

Número de resolución3977-2021-TCE-S3
Fecha23 Noviembre 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3977-2021-TCE
-S3
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Sumilla: Se observa en el protocolo presentado, que entre la fecha
de análisis (29 de septiembre de 2021) y la fecha de
aprobación de los resultados (30 de septiembre de 2021) solo
transcurre un día, lo cual evidencia que no se observó
ninguno de los procedimientos precisados en el Capítulo 61
de la Farmacopea de Estados Unidos (USP), pese a que en el
documento se menciona que el análisis se siguió bajo los
parámetros recogidos en dicha norma técnica”.
Lima, 23 de noviembre de 2021.
VISTO en sesión del 23 de noviembre de 2021, de la Tercera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 7449/2021.TCE, sobre el recurso de
apelación interpuesto por el postor DROCSA E.I.R.L. contra el otorgamiento de la buena
pro de la Adjudicación Simplificada 06-2020-DIRESAC Primera Convocatoria,
realizada por el Gobierno Regional de Cajamarca Salud Cajamarca; y atendiendo a los
siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. De la información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado SEACE, se aprecia que el 10 de agosto del 2021, el Gobierno Regional de
Cajamarca Salud Cajamarca, en lo sucesivo la Entidad, convocó la Adjudicación
Simplificada Nº 06-2020-DIRESAC Primera Convocatoria, para la Adquisición de
mandilón descartable talla M para la Dirección Regional de Salud Cajamarca, con
un valor estimado total de S/ 366 272.00 (trescientos sesenta y seis mil doscientos
setenta y dos con 00/100 soles), en lo sucesivo el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el
Reglamento.
Según el cronograma del procedimiento de selección, y de acuerdo a la
información registrada en el SEACE, el 11 de octubre del 2021, se llevó a cabo la
presentación de ofertas; asimismo, según el Acta de Apertura, evaluación de las
ofertas y calificación del 14 de octubre del 2021, se otorgó la buena pro del
procedimiento de selección a la empresa Elimyr Soluciones y Representaciones
S.A.C., en adelante el Adjudicatario, por el valor de su oferta económica,
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 23.11.2021 18:04:16 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 23.11.2021 18:17:59 -05:00
Firmado digitalmente por INGA
HUAMAN Hector Marin FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 23.11.2021 18:20:29 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
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ascendente a S/ 149 152.00 (ciento cuarenta y nueve mil ciento cincuenta y dos
con 00/100 soles), siendo los resultados los siguientes:
POSTOR
ETAPAS
Admisión
Evaluación
Calificación y
resultado
Precio
ofertado
(S/.)
Orden de
prelación
Elimyr Soluciones y
Representaciones
S.A.C.
Admitido
149 152.00
1
Calificado
(Adjudicatario)
DROCSA E.I.R.L.
Admitido
151 040.00
2
Calificado
R & G Seguridad e
Higiene Industrial
S.A.C.
No admitido
-
-
Corporación Valtaks
S.C.R.L.
No admitido
-
-
Consorcio Hermanos
Unidos Padeb S.A.C.
No admitido
-
-
X Protection S.A.C.
No admitido
-
-
2. Mediante Escrito Nº 1, presentado el 25 de octubre de 2021 ante la Mesa de Partes
del Tribunal de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, y subsanado
el 27 del mismo mes y año a través de su Escrito Nº 2, la empresa DROCSA E.I.R.L.,
en adelante el Impugnante, interpuso recurso de apelación contra el
otorgamiento de la buena pro a favor del Adjudicatario, solicitando que se declare
no admitida dicha oferta y, por el contrario, se adjudique a su empresa la buena
pro del procedimiento. Al respecto, sustenta su recurso en los siguientes
argumentos:
Indica que, como parte de la documentación requerida para la admisión de
la oferta, las bases solicitaban que los postores presenten un p rotocolo de
control de calidad emitido por el fabricante o por otro laboratorio
certificado; por lo que, para cumplir dicho requisito el Adjudicatario incluyó
en el folio 10 de su oferta el Protocolo de Análisis ESR048-21, el cual da
cuenta que el análisis del mandil descartable fue efectuado el 29 de

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