Resolucion Nº 3903-2022-JNE. Declaran que carece de objeto emitir pronunciamiento sobre petición de convocar al reemplazo de regidor del Concejo Distrital de Yarinacocha, de la provincia de Coronel Portillo y departamento de Ucayali

Fecha de publicación07 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Expediente Nº JNE.2022032564

YARINACOCHA - CORONEL PORTILLO - UCAYALI

LICENCIA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, veintidós de setiembre de dos mil veintidós

VISTO: el Oficio Nº 364-2022-MDY-ALC-SG, presentada el 6 de julio de 2022, por doña Elena Vanessa Aguilar Gonzales, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, de la provincia de Coronel Portillo y departamento de Ucayali (en adelante, señora secretaria), por medio del cual comunicó la licencia sin goce de haber concedida a don Jhon Wilder Ramos Tello, regidor de la citada entidad edil (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022).

ANTECEDENTES

1.1. A través del oficio del visto, la señora secretaria informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2022, a fin de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 028-2022-SOC-MDY, del 1 de junio de 2022, que formalizó la decisión de otorgar licencia sin goce de haber al señor regidor, a partir del 2 de setiembre hasta el 2 de octubre 2022.

1.2. Mediante el Oficio Nº 08775-2022-SG/JNE, del 24 de agosto de 2022, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones solicitó a la señora secretaria remita la solicitud de licencia presentada por el señor regidor. De manera adicional se precisó que de la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones1 se evidencia que el señor regidor no aparece como candidato para las ERM 2022, por lo que, se solicitó se informe si presentó documento alguno en el que se desista de su solicitud de licencia debido a que no se encuentra como candidato y si el Concejo Distrital de Yarinacocha ha emitido o está en trámite la emisión de algún acuerdo de concejo que deje sin efecto la licencia otorgada, y de ser el caso, se remita la referida solicitud de desistimiento y el Acuerdo de Concejo.

1.3. Con oficio Nº 454-2022-MDY-ALC-SG, presentado el 26 de agosto de 2022, la señora secretaria remitió a este órgano electoral la solicitud de desistimiento de licencia, presentada por don Jhon Wilder Ramos Tello, el 22 del mismo mes y año; asimismo, se informó que la misma sería tratada en la sesión de concejo del 7 de setiembre del año en curso, respecto del cual se emitiría el acuerdo de concejo correspondiente.

1.4. Considerando el párrafo precedente, medio el Oficio Nº 09049-2022-SG/JNE, del 16 de setiembre de 2022, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones solicitó a la señora secretaria remita la solicitud de licencia presentada por el señor regidor, por el periodo de 30 días naturales, a fin que participe en las ERM 2022, aprobada en la Sesión Ordinaria de Concejo Nº 011-2022-SOC-MDY, del 1 de junio de 2022, la cual no fue remitida y el acta de la sesión de concejo del 7 de setiembre de 2022, en la que se trató la solicitud de desistimiento de licencia, presentada el 22 de agosto de 2022, por...

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