Resolución Nº 3900-2021-TCE-S5, Tribunal de Contrataciones del Estado, 18 de noviembre de 2021

Fecha de la decisión18 Noviembre 2021
Número de resolución3900-2021-TCE-S5
Fecha18 Noviembre 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3900-2021-TCE-S5
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Sumilla: Es pertinente resaltar que corresponde a este
Tribunal determinar si se ha configurado la
conducta típica establecida en el literal b) del
numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley, esto es,
incumplir con la obligación de perfeccionar el
contrato, mientras que corresponde a los
integrantes del Consorcio probar
fehacientemente que concurrieron
circunstancias que hicieron imposible física o
jurídicamente la suscripción del contrato con la
Entidad o que, no obstante haber actuado con la
diligencia ordinaria, le fue imposible suscribir el
contrato respectivo debido a factores ajenos a su
voluntad por haber mediado caso fortuito o fuerza
mayor o causa atribuible a la propia Entidad.
Lima, 18 de noviembre de 2021.
VISTO en sesión de fecha 18 de noviembre de 2021 de la Quinta Sala del Tribunal
de Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 3291/2021.TCE, el procedimiento
administrativo sancionador instaurado contra las empresas CONSTRUCTORA DOLPHIN
S.A.C. y CONSTRUCTORA Y CONSULTORIA TENORIO S.R.L., integrantes del CONSORCIO
TENORIO, por su responsabilidad al Incumplir con su obligación de perfeccionar el
contrato, con la Municipalidad Distrital de Jesus María, en el marco de la Adjudicación
Simplificada N° 013-2020-CS-MDJM; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según la información obrante en el SEACE, el 30 de octubre de 2020, la
Municipalidad Distrital de Jesus Maria, en adelante la Entidad, conovcó la
Adjudicación Simplificada 013-2020-CS-MDJM, para la contratacion del
“Servicio de Mantenimiento de bermas, sardineles, veredas y pistas en zonas
deterioradas de vías locales del Sector 06, en el distrito de Jesús María”, con un
Firmado digitalmente por CHAVEZ
SUELDO Olga Evelyn FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.11.2021 21:46:25 -05:00
Firmado digitalmente por RAMOS
CABEZUDO Danny William FAU
20419026809 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.11.2021 22:13:25 -05:00
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.11.2021 22:31:13 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3900-2021-TCE-S5
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valor estimado de S/ 342,151.85 (trescientos cuarenta y dos mil ciento ciencuenta
y uno 85/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento fue convocado bajo la vigencia del Texto Único Ordenado de
la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
N° 082-2019-EF, en adelante el TUO de la Ley, y su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
El 11 de noviembre de 2020 se llevó cabado el acto de presentación de ofertas y,
el 13 del mismo mes y año, se registró en el SEACE el otorgamiento de la buena
pro a favor las empresas CONSTRUCTORA DOLPHIN S.A.C. y CONSTRUCTORA Y
CONSULTORIA TENORIO S.R.L., integrantes del CONSORCIO TENORIO, en adelante
el Consorcio, por el monto total de S/ 337,500.00 (trescientos treinta y siete mil
quinientos con 00/100 soles).
El 17 de diciembre de 2020, mediante Acta de declaratoria de desierto
1
, se
comunicó al Consorcio la pérdida automática de la buena pro del procedimiento
de selección al no haber cumplido con presentar la garantía de fiel cumplimiento.
2. Mediante Carta N° 043-2021-SGL-GA/MDJM y Formulario de aplicación de sanción
Entidad/Tercero, presentados el 20 de mayo de 2021 en la Mesa de Partes del
Tribunal de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, la Entidad puso
en conocimiento que el Adjudicatario habría incurrido en infracción prevista en la
Ley de Contrataciones del Estado, al haber incumplido injustificadamente con
perfeccionar el contrato derivado del procedimeinto de selección.
A fin de sustentar lo señalado, adjuntó el Informe Nº 041-2021-GAJRC/MDJM del
22 de enero de 2021
2
, en el cual detalló lo siguiente:
i) Mediante Acta de Buena Pro de fecha 13 de noviembre de 2020, el Comité
de Selección otorgó la buena pro al Consorcio, por el monto de
S/337,500.00 soles, al haber cumplido los requisitos de calificación
solicitados en las bases.
1
Obrante a folio 26 del expediente administrativo en formato pdf.
2
Obrantes a folios 13 y 14 del expediente administrativo en formato pdf.

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