Resolución Nº 386-2007-TC-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 24 de abril de 2007

Número de resolución386-2007-TC-S1
Fecha24 Abril 2007
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 386/2007.TC-S1
Sumilla : La mera solicitud de arbitraje no genera la obligación
qu e necesariamente se tenga que instalar el Tribunal Arbitral,
puesto que dicha solicitud puede quedar sólo en dicha condición;
e s decir, se entiende iniciado el arbitraje una vez instalado el
citado Tribunal, hecho que no se observó en el presente caso, por
lo que al no haberse instaurado el citado procedimiento, debido a
la no instalación del Tribunal Arbitral correspondiente, a la fecha
de expedición de la resolución recurrida, este Colegiad o se
encontraba habilitado para determinar la eventual responsabilidad
administrativa de la Contratista respecto de los hechos im putados.
Lima, 24.ABRIL.2007
Visto, en sesión de fecha 24 de abril de 2007 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, el Expediente N° 269/2007. TC sobre el recurso de reconsideración interpuesto por la empr esa Maquinaria Nacional
S.A. Perú contra la Resolución N.° 283/2007.TC-SU que acordó sancionarla con veinte meses de inhabilitación temporal
pa ra participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber incurrido en la causal de infracción
administrativa tipificada en el numeral 2) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM; o ídos los informes orales en la Audiencia Pública de
fecha 20 de abril de 2007 y, atendiendo a los siguientes:
ANTECEDENTES:
1. El 7 de noviembre de 2005, la Dirección de Salud I Callao, en adelante La Entidad, convocó la Licitación Pública
según relación de íte ms N.° 002-2005-CE-DISA I CALLAO para la adquisición de ambulancias, con un valor
referencial de S/. 624 201,82 (Seiscientos veinticuatro mil doscientos uno con 82/1 00 Nuevos Soles), otorgándose la
buena pro a la empresa Maquinaria Nacional S .A. Perú (en adelante, La Contratista), el 12 de diciembre de 2005.
2. El 27 de diciembre de 2005, La Entidad y La Contratista, sus cribieron el Contrato N.° 00779-2005, por la suma de S/.
686 621,00 (Seiscientos ochenta y seis mil seisc ientos veintiuno con 00/100 Nuevos Soles), para la entrega de dos
ambulancias urbanas Hyundai Porter TDI Tipo I y una ambulancia rural Ford Ranger 4 x 4 L Plus en el plazo de
treinta (30) días, contados a partir de la recepción de las órdenes de compra correspondientes.
3. El 9 de marzo de 2007, La Entidad y La Contratista suscribieron una addenda en la que se modific an los términos de
la Cláusula quinta del contrato (forma de pago).
4. El 5 de abril de 2006, la Entidad emitió a favor de La Contratista la Orden de Compra- Guía de Internamiento N.°
0000244, para la entrega de las 3 ambulancias detalladas en el numeral precedente, por el monto de S/. 686 621,00
(Seiscientos ochenta y seis mil seiscientos veintiuno con 00/100 Nuevos Soles). La citada Orden de Compra fue
recibida por La Contratista el 20 de abril de 2006.
5. Con Oficio N.º 740-2006-OL/DISA I CALLAO de fecha 10 de junio de 2006, el Director de la Oficina de Logística de La
Entidad informa al Director Ejecutivo de la Oficina de Administración que La Contratista ha acumulado el 4 de junio
de dicho a ño la máxima penalidad a aplicarse por incumplimiento en la entrega de las ambulancias dentro del plazo
establecido.
6. Con carta notarial s/n notificada el 13 de junio de 2006, La Entidad requirió a La Contratista par a que entregue el
documento denominado “Formato para el protocolo de pruebas” requerido para que el Comité de Verificación
verifique que los bienes a entrega r cumplen con las especificaciones técnicas pactadas dentro del plazo d e
veinticuatro (24) horas.
7. E l 19 de junio de 2006, La Entidad recibió las ambulancias objeto de contrato para verificar las especificaciones
técnicas pactadas antes de e mitir su conformidad. En dicha oportunidad se suscribió el Acta de Recepción obrante a
fojas 72, 73 y 74 del expediente administrativo, la mism a que da cuenta, entre otras, de las siguientes observaciones:
(i) La pintura del furgón y carrocería no coinciden c on el acabado ni el tono, así como hay
sectores en los cuales el acabado no es el correcto.
(ii) El chasis es corto y las ruedas posteriores tienen di ferente medida que las delanteras.
(iii) Tubo de escape mal ubicado, debe salir fuera del furgón para evitar el ingreso de los gases de
escape al interior.
(iv) Requier e que sean sometid os a una prueba de estabilidad ante SENATI que incluyan la
verificación de frenos, suspensión y dirección.
(v) Falta tapa de cubierta de la tuerca central de las ruedas delant eras.
(vi) Falta el radiotransmisor UWF.
(vii) Falta barra estabilizadora posterior de suspensión.
En dicha oportunidad, la Entidad concedió a La Contratista un plazo de diez (10) día s hábiles para qu e proceda a

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