Resolucion Nº 385-2023-UNACH. Autorizan viaje, la asignación de pasajes y viáticos a Coordinadora General del Proyecto INCUBA UNACH de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, con la finalidad de realizar pasantía en los EE.UU.

Fecha de publicación09 Julio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
28 de junio de 2023

VISTOS:

La Carta Nº 051-2023-UNACH/ “INCUBA UNACH”, de fecha 12 de junio del 2023; el Oficio Nº 0364-2023-UNACH/VPI, de fecha 13 de junio del 2023; Informe N° 034-2023-UNACH/OPP-FRIV, de fecha 20 de junio de 2023; Oficio N° 0379- 2023-UNACH/VPI, de fecha 21 de junio de 2023; Acuerdo de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora Número veintitrés (23), de fecha 28 de junio de 2023; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, la universidad es la comunidad de profesores, alumnos y graduados. (…). Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes.

Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en su artículo 8° establece que, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente ley y demás normas aplicables.

Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, en el artículo IV del Título Preliminar establece que son principios del procedimiento administrativo, Principio de legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los cuales les fueron conferidas.

Que, el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de forma obligatoria.

Que, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su...

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