Resolución Nº 3775-2023-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 25 de setiembre de 2023

Número de resolución3775-2023-TCE-S2
Fecha25 Septiembre 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3775-2023-TCE-S2
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Sumilla: El Comité de Selección o el órgano encargado de las
contrataciones, según corresponda, elabora los
documentos del procedimiento de selección a su cargo,
utilizando obligatoriamente los documentos estándar
que aprueba el OSCE”.
Lima, 25 de setiembre de 2023.
VISTO en sesión del 25 de setiembre de 2023 de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N°8627/2023.TCE, sobre el recurso de
apelación interpuesto por el Consorcio El Altiplano, integrado por las empresas
Ingenieros Asesores y Constructores Huapaya Riveros S.R.L y Escorpio Contratistas
Generales S.R.L, en el marco del Concurso Público N°001-2023 GR.PUNO/GRI/DRTC-CS-
1 Primera Convocatoria, convocado por la Dirección Regional Transportes y
Comunicaciones del Gobierno Regional de Puno, para la: "Contratación de servicio de
mantenimiento rutinario de la red vial departamental no pavimentada ruta PU-139
EMP.PE-34 K (Crucero) - HDA. Potoni - San Jose - Collana - EMP.PU-111(Azngaro), Tramo:
Potoni-Azangaro, Distrito Santa Rosa - Azangaro-Puno"; atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según la información publicada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado (SEACE), el 20 de junio de 2023, la Dirección Regional Transportes y
Comunicaciones del Gobierno Regional de Puno, en lo sucesivo la Entidad,
convocó el Concurso Público N°001-2023 GR.PUNO/GRI/DRTC-CS-1 Primera
Convocatoria, para la: "Contratación de servicio de mantenimiento rutinario de la
red vial departamental no pavimentada ruta PU-139 EMP.PE-34 K (Crucero) - HDA.
Potoni - San Jose - Collana - EMP.PU-111(Azngaro), Tramo: Potoni-Azangaro,
Distrito Santa Rosa - Azangaro-Puno"; con un valor estimado de S/506,916.00
(quinientos seis mil novecientos dieciséis con 00/100 soles), en adelante el
procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley; y, su
Firmado digitalmente por CHAVEZ
SUELDO Olga Evelyn FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 25.09.2023 12:48:09 -05:00
Firmado digitalmente por PAZ
WINCHEZ Daniel Alexis Nazazi FAU
20419026809 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 25.09.2023 15:03:28 -05:00
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 25.09.2023 15:43:51 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
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Reglamento aprobado por el Decreto Supremo 344-2018-EF, y sus
modificatorias, en adelante el Reglamento.
El 25 de julio de 2023, se llevó a cabo la presentación de ofertas de manera
electrónica y el 1 de agosto del mismo año se notificó, a través del SEACE, el
otorgamiento de la buena pro al Consorcio Vías Puno, integrado por las empresas
Qorma S.R.L y Tractores Andino Sociedad Comercial de Responsabilidad Ltda, en
adelante el Adjudicatario, por el monto de su oferta ascendente a S/405,535.54
(cuatrocientos cinco mil quinientos treinta y cinco con 54/100 soles), conforme a
los siguientes resultados:
POSTOR
ETAPAS
ADMISIÓN
PRECIO
OFERTADO
(S/)
EVALUACIÓN
Y ORDEN DE
PRELACIÓN
RESULTADO
CONSORCIO VÍAS
PUNO
Admitido
405,535.54
1
Adjudicatario
CONSORCIO EL
ALTIPLANO
Admitido
405,532.80
2
Calificado
CORPORACIÓN B Y V
INGENIEROS Y
CONSTRUCTORES
ASOCIADOS
GENERALES SAC
Admitido
457,231.41
3
Descalificado
2. Con Escrito s/n, debidamente subsanado con la Carta N°007-2023/YHHC-IASECON
H&R SRL, presentados el 11 y 14 de agosto de 2023, respectivamente, ante la Mesa
de Partes Digital del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el
Tribunal, el Consorcio El Altiplano, integrado por las empresas Ingenieros Asesores
y Constructores Huapaya Riveros S.R.L y Escorpio Contratistas Generales S.R.L, en
adelante el Impugnante, interpuso recurso de apelación contra el otorgamiento
de la buena pro del procedimiento de selección, solicitando que se revoque dicho
acto y; en consecuencia, se le otorgue la buena pro, en base a los siguientes
argumentos:
Respecto de su oferta

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