Resolución Nº 377-2001-TC-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 18 de setiembre de 2001

Número de resolución377-2001-TC-S2
Fecha18 Enero 2001
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 377/2001.TC-S2
Lima, 18 SET. 2001
Visto en sesión de la Segunda Sala del Tribunal de Contra taciones y Adquisiciones del Estado del 14.09.2001, el
Expediente Nº494/2001.TC sobre el Recurso de Revisión interpuesto por l a firma EMPRESA DE SEGURIDAD,
VIGILANCIA Y CONTROL S.A.C.- ESVISAC contra la Resolución Jefatural N°297-2001-JEF/RENIEC, expedida por la
RENIEC el 29.08.2001, que dejo sin efecto la Resoluci ón General N°031-2001-GG/REN IEC, expedida en el Concurso
Público N°002-2001-RENIEC, para la contratación de l "Servicio de Seguridad y Vigilancia".
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 07 de Septiembre de l 2001, la firma EMPRESA DE SEGUR IDAD, VIGILANCIA Y CONTROL S.A.C.-
ESVISAC, interpuso Recurso de Revisión, siendo éste observado, por no adjuntar el comprobante de pago de la tasa, ni la
copia del aviso de convocatoria, de conformidad con el artículo 173° del Reglamento del TUO de la Ley N°26850 aprobado
por Decreto Supremo N°013.2001.PCM y tampoco la garantía correspondiente a favor del CONSUCODE, de conformidad
al artículo 176° del mismo cuerpo legal preceden te.
Que, por consiguiente habiéndose vencido el plazo máximo de dos (02) días, de conformidad al artículo 173° del
Reglamento del TUO de la Ley N° 26850 aprobado por Decreto Supremo N°013.2001.PCM, para que el postor im pugnante
subsane la omisión de los requisitos señalados en el párrafo anterior; y
Con arreglo a las facultades establecidas en los artículos. 53º, 59° y 61° del Texto Unico Ordenado de la Ley
N°26850, aprobado mediante Decreto Supremo N°012-20 01-PCM, los artículos 173°, 180º inc. d) y 181º de l Reglamento de
la Ley N°26850 aprobado por Decreto Supremo N°013.2001.PCM, analizado los antecedentes y luego de agotado el
correspondiente debate;
SE RESUELVE:
1. Declarar INADMISIBLE el r ecurso de revisión presentado por la firma EMPRESA DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y
CONTROL S.A.C.- ESVISAC, y consecuentemente arc hívese el expediente, con conocimiento de las partes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
Ochoa Cardich
Wendorff Rodríguez
Beramendi Galdós

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