Resolución Nº 3683-2022-TCE-S5, Tribunal de Contrataciones del Estado, 27 de octubre de 2022

Número de resolución3683-2022-TCE-S5
Fecha27 Octubre 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3683-2022 -TCE-S5
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Sumilla: “(…), debe reiterarse que la Ley 30225, no
extiende el ámbito de competencia del Tribunal de
Contrataciones del Estado respecto de conductas
ocurridas en el marco de contrataciones que son
ajenas a la Ley de Contrataciones del Estado; por ello,
para que este Tribunal ejerza potestad sancionadora
en dichas situaciones, debe contarse con norma
expresa con rango de ley que le atribuya tal
competencia (…)”.
Lima, 27 de octubre de 2022.
VISTO en sesión de fecha 27 de octubre de 2022 de la Quinta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente 326/2022.TCE, el procedimiento
administrativo sancionador instaurado contra la empresa GRUPO LA REPUBLICA
PUBLICACIONES S.A., por su presunta responsabilidad al haber contratado con el Estado
pese a encontrarse impedido para ello, en el marco de la Orden de Servicio Nº 20210573
del 19 de julio de 2022, emitida por la ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION
PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES-OSIPTEL; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 19 de julio de 2022, el ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN
TELECOMUNICACIONES-OSIPTEL, en adelante la Entidad, emitió la Orden de
Servicio 20210573
1
a favor de la empresa GRUPO LA REPÚBLICA
PUBLICACIONES S.A., en adelante el Contratista, para la contratación del servicio
de Publicación de aviso de prensa elección del consejo de usuarios proceso de
convocatoria periodo 2021 - 2023, por el importe de S/ 2,358.86 (dos mil
trescientos cincuenta y ocho con 86/100 soles), en adelante la Orden de Servicio.
1
Obrante al folio 111 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por RAMOS
CABEZUDO Danny William FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.10.2022 18:23:27 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.10.2022 18:34:28 -05:00
Firmado digitalmente por CHOCANO
DAVIS Christian César FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.10.2022 18:36:02 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3683-2022 -TCE-S5
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2. Mediante Memorando D000022-2022-OSCE-DGR
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del 13 de enero de 2022,
presentado el 18 de enero de 2022 en la Mesa de Partes Digital del Tribunal de
Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, la Dirección de Gestión de
Riesgos remitió el Dictamen Nº 192-2021/DGR-SIRE
3
del 30 de diciembre de 2021,
a través del cual comunicó que el Contratista habría incurrido en infracción
administrativa al contratar con el Estado encontrándose impedido para ello,
señalando principalmente, lo siguiente:
De la revisión del formato de declaración jurada de intereses de la
Contraloría de la República, se aprecia que la señora Claudia Eugenia
Cornejo Mohme (hija) tiene vínculo de consanguinidad de primer grado
con la señora María Eugenia Mohme Seminario (madre).
Asimismo, conforme a la Resolución Suprema Nº 205-2020-SA del 18 de
noviembre de 2020 y Resolución Suprema Nº 055-2021-PCM del 27 de
julio de 2021, se aprecia que la señora Claudia Eugenia Cornejo Mohme
ejerció el cargo de ministra de Comercio Exterior y Turismo desde el 19
de noviembre de 2020 al 28 de julio de 2021.
Por consiguiente, la señora María Eugenia Mohme Seminario (madre)
se encontraba impedida de contratar con el Estado a nivel nacional
desde el 19 de noviembre de 2020 al 28 de julio de 2021; siendo que, el
impedimento subsiste hasta doce (12) meses de la fecha de cese de la
señora Claudia Eugenia Cornejo Mohme en el cargo de ministra de
Estado, solo en el ámbito de su sector.
2
Obrante a folio 2 del expediente administrativo.
3
Obr ante a folio 3 al 12 del expediente administrativo.

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