Resolucion N° 348-2022-CG. Modifican Tarifa para la designación de la Sociedad de Auditoría, correspondiente a los períodos a auditar 2022 y 2023, referida a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE

Fecha de publicación29 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 28 de octubre de 2022

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 000036-2022-CG/ECOFI, de la Subgerencia de Control del Sector Económico y Financiero; el Memorando N° 000322-2022-CG/GPOIN, de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico; el Memorando N° 00884-2022-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; la Hoja Informativa N° 000606-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000710-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, señala que el ejercicio del control gubernamental se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la citada Ley Orgánica, las sociedades de auditoría son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados; asimismo, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de esta Entidad Fiscalizadora Superior, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la Oficina de Administración y del jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, la Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que las empresas públicas bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), las empresas prestadoras de servicio de saneamiento, y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos...

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