RESOLUCION Nº 348-2014-SGCHU-GDU/MDSMP - Rectifican la Resolución de Sub-gerencia N° 247-2014-SGCHU-GDU-MDSMP

Fecha de publicación09 Agosto 2015
Fecha de disposición09 Agosto 2015
558932 NORMAS LEGALES Domingo 9 de agosto de 2015 /
El Peruano
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 326/MDC, de fecha
07 de Julio 2015, se autorizó la realización del sorteo
público denominado: “EN ESTAS FIESTAS PATRIAS
PONTE AL DÍA EN TU IMPUESTO PREDIAL Y
LLÉVATE FABULOSOS PREMIOS”, para el día 10 de
agosto de 2015, para los contribuyentes del Distrito de
Carabayllo, afectos al Impuesto Predial, que al 31 de
julio de 2015 del presente año hayan cumplido con el
pago de sus obligaciones tributarias por concepto de
Impuesto Predial de los años 2011, 2012, 2013, 2014
y 2015, según los criterios establecidos en las bases
del sorteo;
Que, el Artículo Quinto de la Ordenanza indicada
en el considerando precedente, autoriza al Alcalde de
la Municipalidad de Carabayllo, para que mediante
Decreto de Alcaldía apruebe las bases de dicho sorteo.
Que, en el punto I de las Bases del Sorteo señala
que el sorteo extraordinario denominado “EN ESTAS
FIESTAS PATRIAS PONTE AL DÍA EN TU IMPUESTO
PREDIAL Y LLEVATE FABULOSOS PREMIOS”, se
realizará el día 10 de Agosto de 2015, a horas: 18:00
p.m., en el frontis del nuevo Palacio Municipal Av. Túpac
Amaru Km. 18 – Carabayllo Distrito de Carabayllo.
Que, mediante el Memorándum Nº 076-2015-GAT/
MDC la Gerencia de Administración Tributaria, solicita
que se reprograme el día del sorteo para el 27 de
agosto de 2015, por problemas logísticos.
En uso de las atribuciones que con ere el numeral
6 del Artículo 20º y segundo párrafo del Artículo 39º de
la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así
como el Artículo Quinto de la Ordenanza Nº 317/MDC;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- REPROGRAMAR la fecha del
sorteo público denominado: “EN ESTAS FIESTAS
PATRIAS PONTE AL DIA EN TU IMPUESTO PREDIAL
Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y LLÉVATE FABULOSOS
PREMIOS”, para el 27 DE AGOSTO DE 2015.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, las Gerencias de Administración y Finanzas,
Planeamiento y Presupuesto, Administración Tributaria,
Subgerencia de Informática, Secretaria General y la
Subgerencia de Imagen Institucional, la responsabilidad
del cumplimiento del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA
Alcalde
1271594-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Rectiican la Resolución de Sub-gerencia N°
2472014SGCHUGDUMDSMP
(Se publica la presente Resolución de Subgerencia
de la Municipalidad de San Martín de Porres, solicitado
mediante O cio N° 2218-2015-SG/MDSMP, recibido el 7
de agosto de 2015)
RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA
Nº 348-2014-SGCHU-GDU/MDSMP
San Martín de Porres, 24 de octubre de 2014
LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE
HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES
VISTO:
El Documento Nº 52598-2014 de fecha 11 de
Septiembre de 2014 y acumulados, promovido por
don BRADDY ALBERTO FERNANDEZ PALOMINO,
mediante el cual solicita la corrección de la Resolución
de Sub-Gerencia Nº 247-2014-SGCHU-GDU-MDSMP
(01.08.14), la misma que aprobó la Habilitación
Urbana Nueva de Lote Único,bajo la Modalidad C;
Aprobación con evaluación previa del proyecto por la
Comisión Técnica, para Uso Residencial de Densidad
Media RDM, del inmueble con un área de 5,010.00
m2, constituido por el Lote 6, de la Manzana F, de la
Habilitación Pre -Urbana Huertos de Naranjal, inscrito en
la Ficha Nº 445742 y continuado en Partida Electrónica
Nº 43881108 de la O cina Registral de Lima, ubicado
en el Distrito de San Martín de Porres,Provincia y
Departamento de Lima;
CONSIERANDO:
Que, mediante Esquela de Observación de fecha
04 de Septiembre de 2014, con respecto al Título Nº
2014-00842643 de fecha 20.de Agosto de 2014., de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
se noti ca al recurrente a efectos que subsane las
observaciones señaladas en la referida esquela entre
ellas: no se ha cumplido con completar debidamente
los ítem 1.6 y 6 del FUHU, así también deberá aclarar el
Artículo Primero de la referida resolución en el sentido
que lo aprobado es el Proyecto de Habilitación Urbana
de Lote Único, además que no se ha anotado el número
corresponde al plano materia de la aprobación ;luego
por error se ha consignado en el artículo tercero de la
citada resolución, el dé cit de aporte por recreación
pública con 231.01 m2, siendo lo correcto 232.01
m2,por tanto deberá aclararse ; así también en ítem 2
de la citada esquela se señala que la referencia grá ca
presentada contiene errores, haciendo el predio se
ubica en el lugar que no le corresponde con respecto
a la Habilitación Pre-Urbana Huertos de Naranjal, por
tanto deberá aclarar al respecto;
Que, mediante Documento Nº 52598-2014 de
fecha 11 de septiembre de 2014, BRADDY ALBERTO
FERNANDEZ PALOMINO, solicita la recti cación de la
Resolución de Sub-Gerencia Nº 247-2014- SFCGU-GDU-
MDSMP(01.08.14), a n de subsanar las observaciones
señaladas con Esquela de Observación de fecha 04 de
Septiembre de 2014;
Que, mediante el Informe Nº 0322-2014-MAGI-
SGCHU-GDU-MDSMP de fecha 21 de Octubre de
2014, el profesional de la Sub-Gerencia de Catastro
y Habilitaciones Urbanas, luego de la evaluación a la
documentación presentada, señala que se ha incurrido
en error material en el Artículo Primero y Artículo Tercero
de la Resolución de Sub-Gerencia Nº 247-2014- SGCHU-
GDU-MDSMP, además que el administrado ha cumplido
con subsanar las observaciones señaladas en ítems
1.1 y 2.1, de la Esquela de Observación de fecha 04
de Septiembre de 2014, y que habiéndose realizado
las correcciones respectivas, recomienda se emita la
resolución que corresponda;
Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 4.3.3 del
TUPA de la MDSMP, aprobado con Ordenanza Nº
351-MDSMP del día 18 de setiembre del 2013, la
Unidad Orgánica encargada de resolver los trámites
de Habilitación Urbana Nueva bajo la Modalidad C:
Aprobación con evaluación previa del proyecto por la
Comisión Técnica, es la Subgerencia de Catastro y
Habilitaciones Urbanas, por lo que se debe emitir el
acto administrativo correspondiente en concordancia
con la Segunda Disposición Final del Reglamento de
Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad,
cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por
Decreto de Alcaldía Nº 016-2011/MDSMP, publicado
en el diario o cial El Peruano el 20 de julio de 2011,
por el que las subgerencias están facultadas a emitir
resoluciones en primera instancia en los asuntos de
su competencia, en cumplimiento del artículo 195º de
la Constitución Política del Estado que señala que:
“Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la
economía local, y la prestación de los servicios públicos
de su responsabilidad, en armonía con las políticas y
planes nacionales y regionales de desarrollo”, siendo
competentes, entre otros, para: Plani car el desarrollo
urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo
NL20150809.pdf 18 8/10/2015 8:04:45 AM

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