Resolución Nº 3388-2021-TCE-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 15 de octubre de 2021

Número de resolución3388-2021-TCE-S1
Fecha15 Octubre 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3388-2021-TCE-S1
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Sumilla: “(…) a efectos de determinar la configuración de la
infracción, corresponde evaluar si se ha acreditado la
información inexacta, contenida en los documentos
presentados, en este caso, ante la Entidad,
independientemente de quién haya sido su autor o de
las circunstancias que hayan conducido a l a
inexactitud; ello en salvaguarda del principio de
presunción de veracidad (…)”
Lima, 15 de octubre de 2021.
VISTO en sesión del 15 de octubre de 2021 de la Primera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 1166/2018.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra la empresa GLG INVERSIONES S.A.C al haber
presentado supuestos documentos con información inexactas, como parte de su oferta,
en el marco de la Subasta Inversa Electrónica 001-2017-MDLM (ítem Nº 1 y Nº 2),
para la "Adquisición de combustible (Gasohol 90 Plus) y Diesel B5 S50
para la flota vehicular de la Municipalidad de La Molina", llevada a cabo por la
Municipalidad Distrital de La Molina; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado, (SEACE)
1
, el 29 de diciembre de 2017, la Municipalidad Distrital de La
Molina, en adelante la Entidad, convocó la Subasta Inversa Electrónica 001-
2017-MDLM - Primera Convocatoria, para la “Contratación de bienes adquisición
de combustible (Gasohol 90 plus) y diesel B5S50 para la flota vehicular de la
Municipalidad de La Molina), con un valor referencial ascendente a
S/ 3´157,281.18 (tres millones ciento cincuenta y siete mil doscientos ochenta y
uno con 18/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
El ítem N° 1: “Gasohol 90 Plus”, tuvo un valor referencial de S/ 1´219,917.78 (un
millón doscientos diecinueve mil novecientos diecisiete con 78/100 soles).
El ítem N° 2: “Diesel B5 S-50”, tuvo un valor referencial de S/ 1´937,363.40 (un
millón novecientos treinta y siete mil trescientos sesenta y tres con 40/100 soles).
1
Documento obrante a folio 6 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por CORTEZ
TATAJE Juan Carlos FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 15.10.2021 20:22:53 -05:00
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 15.10.2021 20:36:57 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 15.10.2021 20:58:09 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3388-2021-TCE-S1
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Dicho procedimiento de selección se convocó al amparo de la Ley de
Contrataciones del Estado, Ley N° 30225, modificada por el Decreto Legislativo
N° 1341, en adelante la Ley, y; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo
N° 350-2015-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, en adelante
el Reglamento.
Según el cronograma del procedimiento, el 12 de enero de 2018, se llevó a cabo
el acto de presentación de ofertas y el periodo de lances, el 26 de ese mismo mes
y año, se adjudicó la buena pro de ambos ítems, a la empresa GLG INVERSIONES
S.A.C.
Respecto del ítem N° 1, se adjudicó la buena pro por el importe de S/ 1´143,103.00
(un millón ciento cuarenta y tres mil ciento tres con 00/100 soles); y, en cuanto al
ítem N° 2, por el monto de S/ 1´896,108.48 (un millón ochocientos noventa y seis
ciento ocho con 48/100 soles).
El 14 de febrero de 2018, la Entidad y la empresa GLG INVERSIONES S.A.C., en
adelante el Contratista, suscribieron el Contrato N° 002-2018-MDLM-GAF, en
adelante el Contrato
2
.
2. Mediante Memorando N° 065-2018/DGR/SPRI
3
, presentado el 6 de abril de 2018
ante la Mesa de Partes Virtual del Tribunal de Contrataciones del Estado, en
adelante el Tribunal, la Subdirección Procesamiento de Riesgos del OSCE remitió
la Solicitud de Dictamen sobre cuestionamientos - Directiva 009-2016-
OSCE/CD
4
, adjuntando la Carta N° 001-2018/LIC-GESA del 7 de febrero de 2018
5
,
que da cuenta de la denuncia presentada por la empresa Grifos Espinoza S.A., en
adelante el Denunciante, indicando, lo siguiente:
El 29 de diciembre de 2017, se realizó la convocatoria para la adquisición
de combustible para la flota vehicular de la Municipalidad Distrital de La
Molina.
El 26 de enero de 2018, se otorgó la buena pro a la empresa GLG
INVERSIONES S.A.C.
2
Conforme obra publicada en la plataforma del SEACE.
3
Documento obrante a folio 1 del expediente administrativo.
4
Documento obrante a folio 4 del expediente administrativo.
5
Documento obrante a folio 13 al 17 del expediente administrativo.

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