Resolución Nº 334-2001-TC-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 24 de agosto de 2001

Número de resolución334-2001-TC-S1
Fecha24 Agosto 2001
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 334/2001.TC-S1
Lima, 24 AGO. 2001
Visto en sesión de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de 14.08.2001,
el Expediente N°247.2001.TC, referente al recurso de revisión interpuesto por el contratista CONSTRUCTORA QUEIROZ
GALVAO S.A., relacionado con su re clamo sobre ampliación de plazo N°04 en la ejecución de la obra: "Construcción,
Rehabilitación y Mejoramiento de la Estación Vincocaya - Estación Crucero Alto objeto de la Licitación Pública Internacional
N°019.97.MTC.02.PERT.04- 2da. Etapa, contratada con el Ministerio de Transportes Comunicaciones Vivienda y
Construcción - MTC, realizado el Informe Oral en Sesió n Pública de 14.08.2001; y
CONSIDERANDO:
Que, el 02.08.1999 se suscribió el contrato para la ejecución de la obra citada en la parte ex positiva de la presente
resolución, por el monto de S/.16´100,945.34 y un plazo de 450 días calendario;
Que, el 18.01.2001 el con tratista mediante Carta CQG/T-III No.296/2001, sustenta documentadamente las razones
técnicas y legales que f undamentan su solicitud de ampliación de plazo No.04 por 13 6 días calendario y el posterior
reconocimiento de Mayores Gastos Generales en concordancia con el Numeral 25.12 de las Bases, así co mo también los
costos de paralización de Obra;
Que, el 20.02.2001 la Entidad mediante Resolución Directoral N°54.2001.MTC/15.02.PER T de 1 9.02.2001, otorga
ochentisiete (87) días calendario de amplia ción de plazo N°04, por haberse producido la causal de paralización de las obras
afectándose la ruta crítica, dando derecho al reconocimiento de Gastos Generales Variables, difiriendo la fecha de término
de ejecución de obra al (dieciséis) 16 de Junio de 2001;
Que, el 13.03.20 01 el contratista interpone recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral
N°54.2001.MTC/15.02.PERT, manifestando que la resolución r ecurrida incurre en el error de conside rar que la única causal
para decidir la paralización de las obras era la falta de pagos de las valorizaciones atrasadas a la fecha de la mis ma, sin
embargo, la recurrente expresa que, decidió paralizar las obras no sólo por aquella causal sino además por la inminente
falta de recursos para hacer frente a las futuras valorizaciones , como consecuencia de los DU Nos.053-2000 y 058-2000
que impedía seguir ejecutando obras;
Que, el 02.04.2001 la Entidad mediante Resolución Directoral N°99.2001.MTC/15.02.PRT-PERT de 30.03.2001,
declara improcedente el recurso de reconsideración al amparo del numeral 25.4 de las Bases de Licitación, cláusula 3.5.3
del contrato y el Art. 5.7.4 del RULCOP;
Que, el 25.04.2001 el recurrente interpone recurso de apelación contra la Resolución Directoral
N°99.2001.MTC/15.02.PRT.PERT, reproduciendo los argumentos esgrimidos en su recurso de reconsideración, a gregando
además que las causales invocadas para la paralización se encuentran incluidas en el numeral 25.4 de las Bases;
Que, el 16.05.2001 la Entidad mediante Resolución Vice Ministerial N°100-2001-MTC/15.02, declara infundado el
Recurso de Apelación;
Que, el 06.06.2001 el contratista interpone recurso de revisión contra la Resolución Vice Ministerial N°100-2001-
MTC/15.02 reproduciendo los argumentos esgrimidos e n su recurso de apelación;
Que, en el presente procedimiento el recurrente solicita se le otorgue la Ampliación de Plazo Nº4 por 136 días en
sustitución de los 87 días concedidos por la Entidad, al estimar que al resolverse su solicitud sólo se ha considerado la
causal de ampliación de plazo derivada de la falta de pago oportuno de valorizaciones y no la orden tácita de no seguir
ejecutando dado que el presupuesto asignado no permitía cubrir nuevas obligaciones y la ejecución del adicional Nº2 cuya
fase constructiva no podía iniciarse debido a la falta de recursos alud ida;
Que, el contratista en el asiento N°244 del Cuaderno de Obra del 3.01.01, expr esa estar "elaborando nuestra
solicitud de ampliación parcial de plazo motivada por el ritmo lento y posterior paralización iniciada el 16.08.00 hasta la
fecha por la falta de pago en las valorizaciones de obra cuya c ausal se encuentra vigente en el numeral 20.7 de las Bases
de la Licitación. La sustentación documentada s e presentará próximamente dentro de los plazos establecidos.";
Que, en el asiento 254, de 19.01.01, se expresa que "Habiendo la Entidad abonado los montos correspondientes por
concepto de valorizaci ones del contrato principal y obras adicionales el 29.12.00, y al amparo de los numerales 20.7, 25.4,
25.4.2 de las Bases de Licitación y la Cláusula 3.5.3 del contrato de obra dentro del plazo previsto en el numeral 25.6 de las
Bases de Licitación adjuntamos con carta CQG/T-III/Nº296/2001 nuestra sustentación docu mentada de solicitud de
ampliación de plazo por un período de 136 días calendario. La causal invocada se refiere al atraso en el pago de
valorizaciones, la misma que dio lugar a que el contratista disminuyera el ritmo de obra y paralice posteriormente las
obras.";
Que, la Resolución Directoral Nº 54-2001-MTC/15.02-PRT-PERT, de 19.02.01, y en base al Informe Nº 021-
2001/MTC/15.02-PRT-PRT.04/GBDA, de 05.02.01, de la Especialista en Proyectos JBIC, se otorga al con tratista 87 días de
ampliación de plazo por mora en el pago de las valorizaciones 9,10 y 11, no considerándose las Valorizaciones 7 y 8 por
haber sido presentada la solicitud de manera extem poránea, toda vez que la solicitud por tales conceptos debió
presentarse entre el 15 de se tiembre al 5 de octubre, lo que no sucedió, fijándose como nueva fecha de término de plazo
contractual el 16.06.01, con reconocimiento d e gastos generales;
Que, en el Recurso de Reconsidera ción que interpone el contratista se señala que la Entidad ha incurrido en error al
considerar como única causal para decidir la paralización la falta de pago de valorizaciones a la fecha de la misma
(14.09.00), omitiendo evaluar que la paralización se debió también a la inminente falta de recursos para hacer frente a las

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