RESOLUCION N° 326-2014-CNM - Modifican el Reglamento del Proceso de Evaluación Integral y Ratificación del Jefe de la ONPE y del Jefe del RENIEC, y su Exposición de Motivos

Fecha de publicación23 Noviembre 2014
Fecha de disposición23 Noviembre 2014
MateriaDerecho Procesal
El Peruano
Domingo 23 de noviembre de 2014 538251
conmemorativas.html), el cual será reajustado de acuerdo
a la evolución de los costos.
Lima, 21 de noviembre de 2014
RENZO ROSSINI MIÑÁN
Gerente General
1167890-1
CONSEJO NACIONAL DE
LA MAGISTRATURA
Modifican el Reglamento del Proceso de
Evaluación Integral y Ratificación del
Jefe de la ONPE y del Jefe del RENIEC,
y su Exposición de Motivos
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE
LA MAGISTRATURA
Nº 326-2014-CNM
Lima, 14 de noviembre de 2014
VISTO:
El Of‌i cio Nº 2003-2014-P-CNM del Presidente del
Consejo Nacional de la Magistratura y el acuerdo del
Pleno del Consejo del 14 de noviembre de 2014; y,
CONSIDERANDO:
Primero.- Por Resolución Nº 299-2014-CNM del 3 de
noviembre de 2014, el Consejo Nacional de la Magistratura
aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación
Integral y Ratif‌i cación del Jefe de la Of‌i cina Nacional de
Procesos Electorales y del Jefe del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, resolución que fue publicada
en el Diario Of‌i cial “El Peruano” el 6 de noviembre del año
en curso, fecha en la que también se publicó el texto del
Reglamento en el Boletín Of‌i cial de la Magistratura del
Consejo Nacional de la Magistratura.
Segundo.- Mediante el of‌i cio de vistos el Presidente
del Consejo propuso la modif‌i cación del artículo VII de las
Disposiciones Generales y de los artículos 5°, 9°, 22° y
30° del Reglamento del Proceso de Evaluación Integral y
Ratif‌i cación del Jefe de la Of‌i cina Nacional de Procesos
Electorales y del Jefe del Registro Nacional de Identif‌i cación
y Estado Civil, así como del décimo tercer párrafo de la
exposición de motivos de dicho Reglamento.
Tercero.- El Pleno del Consejo en sesión del 14 de
noviembre último, en base a los fundamentos expuestos
en el Of‌i cio Nº 2003-2014-P-CNM del Presidente
del Consejo Nacional de la Magistratura, acordó por
unanimidad efectuar las modif‌i caciones propuestas, por
lo que de conformidad con las facultades conferidas por
los artículos 37° incisos b) y e) de la Ley N° 26397 – Ley
Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura;
SE RESUELVE:
Primero.- Modif‌i car el artículo VII de las Disposiciones
Generales y los artículos 5°, 9°, 22° y 30° del Reglamento
del Proceso de Evaluación Integral y Ratif‌i cación del
Jefe de la Of‌i cina Nacional de Procesos Electorales y
del Jefe del Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado
Civil aprobado por Resolución N° 299-2014-CNM, los
mismos que quedan redactados conforme a los siguientes
términos:
“VII. Por la no ratif‌i cación, el funcionario cesará
en el cargo una vez concluido el plazo para el que fue
designado. Se formaliza en una resolución motivada.
Artículo 5°.- Publicación de la convocatoria
Aprobada la convocatoria, será publicada en el Boletín
Of‌i cial de la Magistratura del portal web del CNM, treinta
(30) días naturales antes de la fecha programada para
el inicio del proceso y noventa (90) días naturales antes
de la fecha de vencimiento del período para el que fue
nombrado el Jefe de la ONPE o Jefe del RENIEC, según
corresponda.
Artículo 9°.- Incumplimiento de información.
Información extemporánea por parte del funcionario
En caso que el funcionario no presente la
documentación e información requerida o lo haga
parcialmente, el proceso se lleva a cabo con la información
que obra en los Registros del Consejo y la que se obtenga
como resultado del pedido de información formulado, sin
perjuicio de merituarse su conducta procedimental.
Artículo 22°.- Transparencia de la información
Tres días antes de la fecha programada para su
entrevista personal y hasta la fecha de conclusión del
proceso, el expediente con los informes emitidos se
ponen a disposición del funcionario sujeto a evaluación
para su lectura; sin perjuicio que durante la tramitación
del proceso se le corra traslado de los escritos y sus
anexos que se presenten y que puedan ser materia de
observación, descargo o reconsideración, conforme a lo
establecido por el artículo 18° del presente Reglamento.
Si como resultado de la lectura el funcionario considera
necesario presentar documentación adicional, debe
hacerlo por escrito hasta antes del inicio de su entrevista
personal.
Artículo 30°.- Ejecución de la resolución de no
ratif‌i cación
La resolución de no ratif‌i cación se ejecuta una
vez culminado el periodo para el cual fue elegido el
funcionario.”
Segundo.- Modif‌i car el décimo tercer párrafo de la
Exposición de Motivos del Reglamento del Proceso de
Evaluación Integral y Ratif‌i cación del Jefe de la Of‌i cina
de Procesos Electorales y del Jefe del Registro Nacional
de Identif‌i cación y Estado Civil, aprobado por Resolución
N° 299-2014-CNM, referido al Capítulo IV, el mismo que
quedará redactado conforme a los siguientes términos:
“En el capítulo IV, se regula la forma en la que se
adopta la decisión, el quórum requerido y la formalidad
prevista para la votación y la emisión de la resolución
debidamente motivada. Se establece como fecha para
adoptar la decisión la misma en que se ha llevado a
cabo la entrevista personal, a f‌i n de hacer más ágiles los
procesos.”
Tercero.- Las modif‌i caciones contenidas en la presente
resolución son de aplicación al proceso de evaluación
integral y ratif‌i cación del Jefe del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil en trámite.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO TALAVERA ELGUERA
Presidente
1167717-1
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Modifican el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de
la Universidad Nacional Mayor de San
Marcos
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 04993-R-14
Lima, 7 de octubre del 2014
Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes
General Nº 01716-OGPL-14 de la Of‌i cina General de
Planif‌i cación, sobre modif‌i cación del Reglamento de
Organización y Funciones
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Rectoral Nº 01206-R-11
del 21 de marzo de 2011, se aprobó el Reglamento de

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