Resolución Nº 3229-2023-TCE-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 9 de agosto de 2023

Número de resolución3229-2023-TCE-S1
Fecha09 Agosto 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3229-2023-TCE-S1
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Sumilla: “(…) corresponde evaluar si se ha acreditado la falsedad o
adulteración o información inexacta, contenida en el
documento presentado, en este caso, ante la Entidad,
independientemente de quién haya sido su autor o de las
circunstancias que hayan conducido a su falsificación o
adulteración e inexactitud; ello en salvaguarda del
principio de presunción de veracidad (…)”.
Lima, 9 de agosto de 2023.
VISTO en sesión del 9 de agosto de 2023 de la Primera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente 1263/2022.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra la empresa TRANSPORTES TURISMO Y SERVICIOS
GENERALES EL AÉREO E.I.R.L., por su supuesta responsabilidad al haber presentado
documentación adulterada e inexacta ante la Entidad, en el marco de la Adjudicación
Simplificada N° 3-2021-SERFOR Segunda Convocatoria, para la contratación del “Servicio
de transporte y traslado de carga a nivel nacional para el SERFOR”, convocada por el Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; por los fundamentos expuestos; y, atendiendo a los
siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
SEACE
1
, el 2 de junio de 2021, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-
SERFOR, en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación Simplificada N° 3-2021-
SERFOR Segunda Convocatoria, para la contratación del Servicio de transporte y
traslado de carga a nivel nacional para el SERFOR, con un valor estimado de
S/ 326,150.40 (trescientos veintiséis mil ciento cincuenta con 40/100 soles), en
adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del Texto
Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias, en adelante el
Reglamento.
El 15 de junio de 2021, se realizó la presentación de ofertas de manera electrónica; y,
el 17 del mismo mes y año, se otorgó la buena pro del procedimiento de selección a la
empresa Transportes Turismo y Servicios Generales El Aéreo E.I.R.L., en adelante el
1
https://prodapp2.seace.gob.pe/seacebus-uiwd-pub/buscadorPublico/buscadorPublico.xhtml
Firmado digitalmente por CORTEZ
TATAJE Juan Carlos FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 09.08.2023 18:16:23 -05:00
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 09.08.2023 18:28:44 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 09.08.2023 18:35:52 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3229-2023-TCE-S1
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Adjudicatario, por el monto de S/ 63,094.00 (sesenta y tres mil noventa y cuatro con
00/100 soles).
2. Mediante Oficio N° D000384-2021-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA y Solicitud de aplicación
de sanción Entidad/Tercero
2
, presentados el 10 de febrero de 2022 en la Mesa de
Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la Entidad
puso en conocimiento que el Adjudicatario habría incurrido en causal de infracción al
presentar documentos falsos como parte de su oferta.
Asimismo, remitió el Informe N° D000857-2021-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA-OA
3
del 22
de diciembre de 2021, a través del cual señala lo siguiente:
i) El 6 de julio de 2021, la Oficina General de Administración emitió el
Informe N° D000365-2021-MIDAGRI-SERFOR-OA, comunicando el
resultado de la fiscalización posterior efectuada a la propuesta del
Adjudicatario:
“(…) Mediante Oficio N° 7813-2021-MTC/17.02 recibido el 5 de Julio
de 2021 la DIRECCION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE DEL
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, dio respuesta al
Oficio N° D000135-2021-MIDAGRI-SERFOR-OA, indicando que, no
confirma la autencidad y veracidad del contenido del Oficio N° 6381-
2021-MTC/17.02 y la Constancia N°1500009-2021-MTC/17.02. Toda
vez que, en el caso de la copia del citado Oficio presentado por el
postor TRANSPORTES TURISMO Y SERVICIOS GENERALES EL AEREO
E.I.R.L. no corresponde al emitido por la mencionada Dirección del
MTC, señalando que, en la parte inferior de todo el documento digital
se indica una dirección web y una clave con la cual corroborar el
contenido del documento digital.
Por otro lado, en el caso de la constancia N°1500009-2021-
MTC/17.02, la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre del
Ministerio de Tr ansportes y Comunicaciones precisa que esta
pertenece a la empresa GRUPO PANAMUNDO S.A.C y no a la empresa
TRANSPORTES TURISMO Y SERVICIOS GENERALES EL AEREO E.I.RL.
Por último, para acreditar lo que dicha entidad ha informado y
comunicado remiten copia del Oficio N°6381-2021-MTC/17.02 con la
copia de la Constancia N°15000054-2021-MTC/17.02 emitidos a
nombre de la empresa TRANSPORTES TURISMO Y SERVICIOS
2
Documento obrante a folios 1 al 6 del expediente administrativo.
3
Documento obrante a folios 7 al 21 del expediente administrativo.

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