Resolución Nº 3167-2021-TCE-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 5 de octubre de 2021

Número de resolución3167-2021-TCE-S1
Fecha05 Octubre 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3167 -2021-TCE-S1
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Sumilla: “(…) a efectos de determinar la configuración de cada una
de dichas infracciones, corresponde evaluar si se ha
acreditado la falsedad o adulteración o información
inexacta, contenida en los documentos presentados, en este
caso, ante la Entidad, independientemente de quién haya
sido su autor o de las circunstancias que hayan conducido a
su falsificación o adulteración e inexactitud; ello en
salvaguarda del principio de presunción de veracidad (…)”.
.
.
Lima, 5 de octubre de 2021.
VISTO en sesión del 5 de octubre de 2021 de la Primera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 83/2021.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra las empresas Blakar Contratistas Generales S.A.C. y
M&V Ingeniería, Construcción y Tecnología S.A.C integrantes del Consorcio San Luis,
por su supuesta responsabilidad al haber presentado documentos falsos o adulterados
e información inexacta ante la Entidad, en el marco del Procedimiento de Licitación
Pública N° 001-2020-MDVLH Primera Convocatoria, para la contratación de la
ejecución de la obra: “Mejoramiento de la infraestructura vehicular y peatonal en el
sector Los Rosales de San Luis, distrito de Víctor Larco Herrera, Trujillo, La Libertad”,
llevada a cabo por la Municipalidad Distrital de Víctor Larco Herrera; y, atendiendo a
los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según ficha registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
(SEACE)
1
, el 7 de agosto de 2020, la Municipalidad Distrital de Víctor Larco Herrera,
en adelante la Entidad, convocó el Procedimiento de Licitación Pública N° 001-
2020-MDVLH Primera Convocatoria, para la contratación de la ejecución de la
obra: Mejoramiento de la infraestructura vehicular y peatonal en el sector Los
Rosales de San Luis, distrito de Víctor Larco Herrera, Trujillo, La Libertad, con un
valor referencial ascendente a S/ 3,047,242.41 (tres millones cuarenta y siete mil
1
Documento obrante a folio 183 y 184 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por INGA
HUAMAN Hector Marin FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.10.2021 19:42:01 -05:00
Firmado digitalmente por CORTEZ
TATAJE Juan Carlos FAU
20419026809 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.10.2021 20:40:39 -05:00
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 05.10.2021 21:31:56 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 3167 -2021-TCE-S1
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doscientos cuarenta y dos con 41/100 soles), en adelante el procedimiento de
selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el ámbito de aplicación del
Texto Único de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado (aprobada por
Decreto Supremo N° 082-2019-EF), en adelante la Ley, y; su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
El 9 de setiembre de 2020, se llevó a cabo el acto de presentación de ofertas, de
manera electrónica, y el 16 del mismo mes y año, se otorgó la buena pro a las
empresas Inversiones Turísticas RC SAC y ELJY SAC, integrantes del CONSORCIO
ROSALES.
2. Mediante Informe Legal N° 339-2020-GAJ-MDVLH
2
, presentado el 7 de enero de
2021 ante la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en
adelante el Tribunal, la Entidad puso en conocimiento que las empresas Blakar
Contratistas Generales S.A.C. y M&V Ingeniería, Construcción y Tecnología S.A.C
integrantes del Consorcio San Luis (quienes participaron como postores del
procedimiento de selección), en adelante el Consorcio, habrían incurrido en causal
de infracción administrativa.
Así, a fin de sustentar su denuncia, dio cuenta de lo siguiente:
2.1. Mediante Carta N° 01-2020-LCCL del 11 de diciembre de 2020, el señor Luis
Constante Banda Landázuri, comunicó al comité de selección sobre
supuestas cartas de línea de crédito falsas, que habrían sido presentadas
ante la Entidad.
2.2. Mediante Oficio N° 012-2020/MDVL-SGLYSG del 14 de setiembre de 2020,
la Entidad solicitó al Banco Interbank información respecto de la línea de
crédito presentada por el Consorcio.
2.3. Mediante escrito s/n del 22 de setiembre de 2020, el representante legal
del Banco Interbank, el señor Eduardo Matías Sánchez, informó que “(…)
2
Documento obrante a folios 2 al 10 del expediente administrativo.

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