Resolución Nº 3135-2022-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 20 de setiembre de 2022

Número de resolución3135-2022-TCE-S4
Fecha20 Enero 2022,20 Septiembre 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Z
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 3135-2022-TCE-S4
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Sumilla: “(…) el no perfeccionamiento del contrato no sólo se
concreta con la omisión a firmar el documento
que lo contiene, sino también con la no realización
de los actos que preceden a su perfeccionamiento,
como es la presentación de los documentos
exigidos en las Bases, toda vez que esto último
constituye un requisito indispensable para
concretar y viabilizar su suscripción.”
Lima, 20 de setiembre de 2022
VISTO en sesión del 20 de setiembre de 2022 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente N° 4376/2021.TCE, sobre procedimiento
administrativo sancionador generado contra la empresa 3V SOLUCIONES Y SERVICIOS
CCASANI E.I.R.L., por su presunta responsabilidad al incumplir injustificadamente con
su obligación de perfeccionar el contrato derivado de la Subasta Inversa Electrónica
015-2020-MPH/OEC-Primera Convocatoria, convocada por la Municipalidad
Provincial de Huancayo; y, atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. Según ficha registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado,
(SEACE)
1
, el 10 de julio de 2020, la Municipalidad Provincial de Huancayo, en
adelante la Entidad, convocó la Subasta Inversa Electrónica 015-2020-
MPH/OEC-Primera Convocatoria, para la contratación de bienes Adquisición de
material agregado (arena gruesa y arena fina), agregado grueso de 1/2 in para
concreto, agregado grueso de 3/4 in para concreto y material granular para base
tipo A, para la obra mejoramiento de pistas y veredas del Prolg. Uruguay, Prolg.
Abancay, Pje. Magisterial, Pje. José Carlos del Sector C.C. del distrito Huancayo -
Junín”, con un valor estimado ascendente a S/ 38,666.18 (treinta y ocho mil
seiscientos sesenta y seis con 18/100 soles), en adelante el procedimiento de
selección.
El único ítem, comprende lo siguiente:
1
Obrante a folio 105 a 106 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por PEREZ
GUTIERREZ Annie Elizabeth FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 20.09.2022 10:43:39 -05:00
Firmado digitalmente por FERREYRA
CORAL Violeta Lucero FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 20.09.2022 11:40:18 -05:00
Firmado digitalmente por CABRERA
GIL Cristian Joe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 20.09.2022 13:16:54 -05:00
Z
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 3135-2022-TCE-S4
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Ítem
DESCRIPCIÓN
CANTIDAD
U.M.
1
ARENA GRUESA
163
M3
ARENA FINA
17
M3
AGREGADO GRUESO 1/2 in PARA CONCRETO
20
M3
AGREGADO GRUESO 3/4 in PARA CONCRETO
135
M3
MATERIAL GRANULAR PARA BASE TIPO A
610
M3
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del
Texto Único Ordenado de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por el Decreto Supremo 82-2019-EF, en adelante la Ley, y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias,
en adelante el Reglamento.
De acuerdo al Cronograma, del 13 al 17 de julio de 2020, se llevó a cabo el registro
de participantes y la presentación de ofertas, el 20 del mismo mes y año se dio la
apertura de ofertas y el periodo de lances del ítem único, y el 22 de julio del
referido año, se otorgó la buena pro del mencionado ítem en el siguiente orden:
- Primer Lugar: 3V SOLUCIONES Y SERVICIOS CCASANI E.I.R.L, en adelante el
Adjudicatario, por el monto de su oferta ascendente a S/ 27,660.00
(veintisiete mil seiscientos sesenta con 00/100 soles) y,
- Segundo Lugar: a la empresa L & H INGS CONTRATISTAS SOCIEDAD
ANONIMA CERRADA L & H INGS CONTRATISTAS S.A.C., por el monto de
su oferta ascendente a S/ 28,900.00 (veintiocho mil novecientos con
00/100 soles).
Cabe precisar que el consentimiento de la buena pro al Adjudicatario fue
registrado en el SEACE, el 31 de julio de 2020.
El 7 de agosto de 2020, mediante la Carta 002-2020-3V-CCASANIEIRL, el
Contratista presentó los documentos para el perfeccionamiento del contrato.
El 11 de agosto de 2020, con Carta N° 168-2020-MPH/GA-SGA del 11 de agosto de
2020, la Entidad comunicó al Contratista las observaciones a la documentación
presentada, otorgándole un plazo de cuatro (4) días para que las subsane.

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