Resolución Nº 312-2017-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 10-02-2017

Número de resolución312-2017-SUNARP-TR-L
Fecha10 Febrero 2017
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Representación legal de menores de edad los padres ejercen la representación de sus hijos menores de edad, no siendo necesario que se acredite esta representación ya que es otorgada por ley. En ese sentido, si un padre adquiere a favor de su menor hijo no se configura el mandato sin representación.
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