Resolución Nº 2976-2023-TCE-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 14 de julio de 2023

Número de resolución2976-2023-TCE-S1
Fecha14 Julio 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2976-2023-TCE-S1
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Sumilla: “(…) corresponde evaluar si se ha acreditado la falsedad
o adulteración o información inexacta, contenida en el
documento presentado, en este caso, ante la Entidad,
independientemente de quién haya sido su autor o de las
circunstancias que hayan conducido a su falsificación o
adulteración e inexactitud; ello en salvaguarda del
principio de presunción de veracidad (…)”.
Lima, 14 de julio de 2023.
VISTO en sesión del 14 de julio de 2023 de la Primera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente 496/2023.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra el señor MAXIMILIANO CABELLO ARTURO SEVERO, con
R.U.C. N° 10418113907, por su presunta responsabilidad al presentar documentación falsa
o adulterada e inexacta ante la Entidad, en el marco de la Adjudicación Simplificada
N° 060-2021-SUNAT/7M0950 - Primera convocatoria, para la “Contratación del servicio de
ordenamiento de documentos de archivo para las dependencias de la SUNAT en San
Martín”, llevada a cabo por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración
Tributaria - SUNAT; por los fundamentos expuestos; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
(SEACE)
1
, el 10 de junio de 2021, la Superintendencia Nacional de Aduanas y
Administración Tributaria - SUNAT, en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación
Simplificada 060-2021-SUNAT/7M0950 - Primera convocatoria, para la
“Contratación del servicio de ordenamiento de documentos de archivo para las
dependencias de la SUNAT en San Martín”, con un valor referencial ascendente a
S/ 221,822.39 (doscientos veintiún mil ochocientos veintidós con 39/100 soles), en
adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado al amparo del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante
1
Según toma razón electrónico.
Firmado digitalmente por CORTEZ
TATAJE Juan Carlos FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 14.07.2023 15:03:50 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 14.07.2023 17:41:13 -05:00
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 14.07.2023 18:26:38 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2976-2023-TCE-S1
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Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley; y su Reglamento, aprobado por
el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
Según el respectivo cronograma, el 23 de junio de 2021 se llevó a cabo la presentación
de ofertas y, el 8 de julio del mismo año, se otorgó la buena pro del procedimiento de
selección al señor Maximiliano Cabello Arturo Severo, por el monto de su oferta
ascendente a S/ 235,877.67 (doscientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y siete
con 67/100 soles).
El 22 de julio de 2022, la entidad y el señor Maximiliano Cabello Arturo Severo, en
adelante el Contratista, suscribieron el Contrato N° 0226-2021/SUNAT- Prestación de
Servicios, en adelante el Contrato.
2. Mediante Escrito N° 1
2
, presentado el 2 de febrero de 2023 en la Mesa de Partes del
Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la Entidad puso en
conocimiento que el Contratista habría incurrido en causal de infracción, al presentar
información inexacta y/o documentación falsa o adulterada como parte de su oferta.
A efectos de sustentar su denuncia, entre otros documentos, adjuntó el Informe
N° 000009-2023-SUNAT/8E1000 del 1 de febrero de 2023
3
, a través del cual señala lo
siguiente:
(i) Como resultado de la fiscalización posterior, la sección de Soporte
Administrativo de San Martín, mediante Informe de Verificación Posterior
N° 001-2023-SUNAT/M0950 del 17 de enero de 2023, indicó que el Contratista
habría presentado los siguientes documentos con información falsa e inexacta:
i) el Contrato de Servicios N° 2016-0078 del 18 de enero de 2016 y ii) la
Constancia de Prestación de 15 de junio de 2016.
Ambos documentos están relacionados con el requisito de calificación referido
a experiencia del postor en la especialidad, previsto en el literal c) del numeral
3.2 del capítulo III de la sección específica de las bases.
(ii) En atención a la solicitud de confirmación de veracidad y autenticidad de la
2
Según toma razón electrónico.
3
Según toma razón electrónico.

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