Resolución Nº 2975-2023-TCE-S5, Tribunal de Contrataciones del Estado, 14 de julio de 2023

Número de resolución2975-2023-TCE-S5
Fecha14 Julio 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2975-2023-TCE-S5
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Sumilla: (...) la Adjudicataria no ha presentado la referida
documentación, a fin de acreditar que se le hiciera
imposible físicamente presentar la documentación
para el perfeccionamiento del contrato, y que ello
corresponda a factores ajenos a su voluntad,
debiéndose subrayar que corresponde al
administrado probar los hechos que alega a fin de
sustentar la imposibilidad que alega.
Lima, 14 de julio de 2023.
VISTO en sesión de fecha 14 de julio de 2023 de la Quinta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente 346/2022.TCE, el procedimiento
administrativo sancionador instaurado contra la señora QUISPE CCUNO LEDUVINA
AUGUSTA, por su supuesta responsabilidad al haber incumplido injustificadamente con
su obligación de perfeccionar el contrato, en el marco de la Adjudicación Simplificada
N° 06-2021-UZ CUSCO - Primera Convocatoria, convocada por el PROGRAMA DE
DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL - AGRO RURAL; y, atendiendo a los
siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 4 de noviembre de 2021, el PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO
AGRARIO RURAL - AGRO RURAL, en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación
Simplificada N° 06-2021-UZ CUSCO - Primera Convocatoria, para la Adquisición
de semillas de pastos de cebada (HORDEUM VULGARE L) cultivar grignon, clase no
certificada, con un valor estimado de S/ 205,000.00 (doscientos cinco mil con
00/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado al amparo de lo dispuesto en el
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y modificado
mediante el Decreto Supremo N° 377- 2019-EF, en adelante el Reglamento.
Firmado digitalmente por CHOCANO
DAVIS Christian César FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 14.07.2023 14:35:25 -05:00
Firmado digitalmente por RAMOS
CABEZUDO Danny William FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 14.07.2023 15:10:35 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 14.07.2023 15:43:21 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2975-2023-TCE-S5
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El 12 de noviembre de 2021 se llevó a cabo la presentación electrónica de ofertas
y el 17 el mismo mes y año se adjudicó la buena pro a la señora QUISPE CCUNO
LEDUVINA AUGUSTA, en adelante la Adjudicataria, por el monto de su oferta
económica ascendente a S/ 154,570.00 (ciento cincuenta y cuatro mil quinientos
setenta con 00/100 soles). El 25 de noviembre de 2021 se publicó el
consentimiento de la buena pro en el SEACE.
El 9 de diciembre de 2021 se publicó en el SEACE el Acta de pérdida de la buena
pro, a través del cual la Entidad comunicó la pérdida de la buena pro de la
Adjudicataria por no haber presentado la documentación para el
perfeccionamiento del contrato dentro del plazo legal establecido.
El 13 de diciembre de 2021 se adjudicó la buena pro del procedimiento de
selección al señor MISME MEDINA MOISÉS ARTURO, postor que ocupó el segundo
lugar en el orden de prelación.
2. Mediante formulario de solicitud de aplicación sanción entidad/tercero
1
presentado el 18 de enero de 2022 en la Mesa de Partes del Tribunal, la Entidad
denunció a la Adjudicataria por haber incurrido en causal de infracción; asimismo,
adjuntó el Informe N° 26/2022-MINAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-UZCUSCO/HBP
2
mediante el cual, manifestó lo siguiente:
El consentimiento de la buena pro fue el 25 de noviembre de 2021, el Órgano
Encargado de las Contrataciones, vía telefónica, solicitó a la Adjudicataria
que presente documentos para el perfeccionamiento del contrato.
El 7 de diciembre de 2021, se comunicaron, vía telefónica, a la Adjudicataria
para solicitarle, una vez más, la entrega de la documentación para el
perfeccionamiento del contrato, en tención a dicho requerimiento, la
Adjudicataria le indicó que no podrá hacerlo debido a que la semilla (bien
objeto de convocatoria) sufrió un alza.
1
Obrante a folio 4 del expediente administrativo.
2
Obrante a folio 13 del expediente administrativo.

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