Resolución N° 284-2014-PRODUCE/OGA, del Consejo de Apelaciones y Sanciones del Ministerio de Producción, 2014-07-21
Número de resolución | 284-2014-PRODUCE/OGA |
Número de resolución | 284-2014-PRODUCE/OGA |
Fecha | 21 Julio 2014 |
Emisor | Consejo de Apelación de Sanciones (Perú) |
Materia | NO CORRESPONDE |
Que, mediante Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 2287, del año 2014,
emitida por la Oficina de Presupuesto y Planificación del Ministerio de la Producción se otorga
disponibilidad presupuestal de conformidad conel artículo 77 de la Ley N° 28411, Ley General
del Sistema de Presupuesto y el artículo 13 de la Directiva W 005-2010-EF/76.01 "Directiva
para la Ejecución Presupuestaria" aprobada mediante Resolución Directoral N° 030-2010-
EF/76.01;
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
N°
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-2014-PRODUCE/OGA
Lima, 10 de julio de 2014.
VISTOS:
El Memorando W 398-2014-PRODUCE/OGA-OEC del Director de la Oficina de
Ejecución Coactiva y el Informe N° 390-2014-PRODUCE/OGAlOL, de la Oficina de Logística,
y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Memorando W 398-2014-PRODUCE/OGA-OEC de fecha 27 de
junio de 2014, la Oficina de Ejecución Coactiva remite la Solicitud de Recursos por Encargo
W 001-2014-PRODUCE/OEC a través del cual la Oficina de Ejecución Coactiva solicita un
fondo por encargo ascendente a SI. 1,000.00 (Un Mil y 00/100 Nuevos Soles), destinado a
cubrir los gastos para que efectúe consultas en línea de "Servicio de Publicidad Registral en
Línea" que brinda la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP. Dicho
monto según indicación expresa de la referida Dirección General deberá ser asignado en la
modalidad de encargo, a nombre de la servidora CINTHYA ESTRADA MONTENEGRO, de
acuerdo al siguiente detalle:
Meta Específica del gasto Importe
SI.
0044 2.5.4.1.2.1 1,000.00
TOTAL
SI.
1,000.00
~v.PRO
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/l.oa.P. ~ ~~
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Que, el numeral 40.1 del artículo 40 de la Directiva de Tesorería W 001-2007-EFn7,
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aprobada con Resolución Directoral N° 002-2007 -EF/77.15
Y
modificada mediante
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ne••\~e~~ Resolución Directoral N° 004-2009-EFn7.15, establece que "Encargos" a personal de la
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Institución consiste en la entrega de dinero mediante cheque o giro bancario a personal de la
Institución para el pago de obligaciones que, por la naturaleza de determinadas funciones o
características de ciertas tareas o trabajos indispensables para el cumplimiento de sus
objetivos institucionales, no pueden ser efectuados de manera directa por la Oficina General
de Administración, tales como la adquisición de bienes y servicios o ante restricciones
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