Resolución Nº 2782-2021-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 14 de setiembre de 2021

Número de resolución2782-2021-TCE-S2
Fecha14 Enero 2021,14 Septiembre 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2782-2021-TCE-S2
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Sumilla: “(…) el Adjudicatario hubiera transgredido
un deber legal previsto en la normativa; por
lo tanto, en el presente caso, se verifica que
ha existido una imposibilidad jurídica para
que el Adjudicatario hubiese
perfeccionamiento del contrato, puesto que
a la fecha en la que la Entidad otorgó la
buena pro, se encontraba impedido para
ello (…)”
Lima, 14 de septiembre de 2021
VISTO en sesión del 14 de septiembre de 2021, de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 3626/202-TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra la empresa ENTEL PERU S.A., por su supuesta
responsabilidad al incumplir injustificadamente con su obligación de perfeccionar el
contrato derivado del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 010-
2020 TC, convocada por el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL; y atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. Según información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado SEACE
1
, el 8 de octubre de 2020, el Tribunal Constitucional en lo sucesivo
la Entidad, convocó la Adjudicación Simplificada 010-2020 TC (Primera
Convocatoria), para la contratación del Servicio de implementación de plataforma
de comunicación, colaboración y mensajería electrónica en la nube para el Tribunal
Constitucional”, por un valor estimado ascendente a S/ 79,441.60 (setenta y nueve
mil cuatrocientos cuarenta y uno con 60/100 Soles), en adelante el procedimiento
de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo la vigencia del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el
Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante el TUO de la Ley, y su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
1
Cabe precisar que la Entidad inicialmente hace referencia al procedimiento Adjudicación Simplificada Nº 01-
2020 respecto del “Servicio de Renovación y Ampliación de licencias de la Plataforma de Comunicación,
Colaboración y Mensajería Electrónica en la Nub e para el Tribunal Constitucional”, sin embargo, de la
búsqueda en el Portal SEACE no arroja resultados; por lo que, se evidencia que dicho procedimiento de
selección, se ha registrado bajo la nomenclatura AS-SM-10-2020-TC-1, y cuya denominación es: “Servicio de
implementación de plataforma de co municación, colaboración y mensajería electrónica en la nube para el
Tribunal Constitucional”.
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 14.09.2021 20:19:04 -05:00
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 14.09.2021 20:26:10 -05:00
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 14.09.2021 21:34:25 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2782-2021-TCE-S2
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El 19 de octubre del 2020, se llevó a cabo la presentación de ofertas, el 2 del mismo
mes y año, el mismo día se procedió a la calificación y evaluación de las mismas;
publicándose el 21 del mismo mes y año, el otorgamiento de la buena pro del
procedimiento de selección a la empresa ENTEL PERU S.A., en adelante el
Adjudicatario, por el valor ofertado ascendente a S/. 47,275.20 (cuarenta y siete
mil doscientos setenta y cinco con 20/100 soles).
El 11 de noviembre del 2020, se publicó en el SEACE la pérdida de la buena pro
otorgada al Adjudicatario, y el 19 del mismo mes y año, se otorgó la buena pro al
postor que quedó en segundo lugar en el orden de prelación.
2. Mediante Oficio Nº 184-2020-DIGA-TC
2
, que acompaña al formato de aplicación
de sanción Entidad/Tercero
3
presentado el 2 de diciembre de 2020 ante la Mesa
de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la
Entidad puso en conocimiento que el Adjudicatario habría incurrido en infracción,
al no haber cumplido con su obligación de perfeccionar el contrato derivado del
procedimiento de selección.
A fin de sustentar su denuncia, la Entidad adjuntó el Informe Técnico Legal N° 030
-2020-LOG/TC
4
, del 11 de noviembre de 2020, indicando lo siguiente:
A través del correo electrónico del 30 de octubre de 2020, la Oficina de
Trámite Documentario y Archivo, recibe el documento de número 102-2020-
VE; donde la empresa ENTEL PERÚ S.A. manifiesta que no procederá con la
firma de contrato por causas sobrevinientes al otorgamiento de la buena
pro.
El 11 de noviembre de 2020, se notificó a la empresa ENTEL PERÚ S.A., la
CARTA 054-2020-LOG/TC, donde se le informa la pérdida automática de la
buena pro del procedimiento de selección.
En tal sentido, concluye que la empresa ENTEL PERÚ S.A., no ha cumplido
con perfeccionar el Contrato derivado del procedimiento de selección por lo
que perdió automáticamente la buena pro, incurriendo además en la
2
Obrante a folios 2 del expediente administrativo sancionador en formato PDF
3
Obrante a folios 3 y 4 del expediente administrativo sancionador en formato PDF.
4
Obrante a folios 8 del expediente administrativo sancionador en formato PDF.

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