Resolución Nº 2693-2022-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 26 de agosto de 2022

Número de resolución2693-2022-TCE-S2
Fecha26 Agosto 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2693-2022-TCE-S2
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Sumilla: (…) es pertinente señalar que en reiterados
pronunciamientos, el Tribunal ha seña lado que
no puede entenderse como un supuesto de
presentación de información inexacta las
declaraciones y/o afirmaciones presentadas por
los proveedores, donde manifiesten cumplir con
los requerimientos, especificaciones técnicas o
términos de referencia exigidas para los bienes o
servicios que ofertan, en tanto dichas
declaraciones constituyen un compromiso que se
asume a futuro ()
Lima, 26 de agosto de 2022
VISTO en sesión del 26 de agosto de 2022, de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 731/2019.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra las empresas PRINTER 911 S.A. y 911 IT GROUP
S.A.C., integrantes del CONSORCIO PRINTER 911 S.A. 911 IT GROUP S.A.C. por su
presunta responsabilidad al haber presentado información inexacta en el marco del
Concurso Público N° 03-2017-SMV - Primera Convocatoria, para la “Contratación del
servicio de alquiler de PC’s y LAPTOP’s”, convocado por la SUPERINTENDENCIA DE
MERCADO DE VALORES; y atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. Según la información obrante en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado (SEACE), el 23 de mayo de 2017, la SUPERINTENDENCIA DE MERCADO DE
VALORES, en lo sucesivo la Entidad, convocó el Concurso Público N° 03-2017-SMV
Primera Convocatoria, para la contratación del “Servicio de alquiler de PC’s y
LAPTOP’s”, por un valor estimado de S/ 1,110,840.49 (un millón ciento diez mil
ochocientos cuarenta con 49/100 soles), en adelante el procedimiento de
selección.
Dicho procedimiento fue convocado bajo la vigencia de la Ley de Contrataciones
del Estado, Ley N° 30225, modificada por el Decreto Legislativo N° 1341, en
adelante la Ley y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-
EF, modificado por el Decreto Supremo 056-2017-EF, en adelante el
Reglamento.
Firmado digitalmente por PAZ
WINCHEZ Daniel Alexis Nazazi FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 26.08.2022 15:45:56 -05:00
Firmado digitalmente por CHAVEZ
SUELDO Olga Evelyn FAU
20419026809 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 26.08.2022 16:04:42 -05:00
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 26.08.2022 17:33:03 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2693-2022-TCE-S2
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El 10 de julio de 2017 se llevó a cabo la presentación de ofertas de manera
presencial, el 20 de julio de 2017 se otorgó la buena pro del procedimiento de
selección a favor del CONSORCIO PRINTER 911 S.A. 911 IT GROUP S.A.C.,
integrado por las empresas PRINTER 911 S.A. y 911 IT GROUP S.A.C., en lo
sucesivo el Consorcio, por el valor de su oferta ascendente a S/ 917,443.50
(novecientos diecisiete mil cuatrocientos cuarenta y tres con 50/100 soles).
2. Mediante Formulario de Solicitud de Aplicación de Sanción Entidad/Tercero
1
,
presentado el 26 de febrero de 2019 ante Mesa de Partes del Tribunal de
Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la Entidad puso en
conocimiento que los integrantes del Consorcio habrían incurrido en infracción, al
presentar supuesta documentación con información inexacta, como parte de su
oferta, en el marco del procedimiento de selección.
A fin de sustentar su denuncia adjuntó el Informe 166-2019-SMV/08.3
2
del 19
de febrero de 2019, en el cual señaló lo siguiente:
- Mediante Carta de Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas de los
Equipos Ofertados del 10 de julio de 2017, contenida en la oferta presentada
por el Consorcio, este declaró que cumplía con las especificaciones técnicas
mínimas establecidas en las bases integradas del procedimiento de
selección.
- Con Memorándum N° 059-2018-SMV/04 del 1 de agosto de 2018, el Órgano
de Control Institucional remitió el Informe de Auditoría N° 004-2018-2-0004
Auditoría de Cumplimiento a la Superintendencia del Mercado de Valores:
Proceso de Contratación y Ejecución contractual de los servicios de Mesa de
Ayuda y alquiler de PCS y Laptops en la SMV, periodo del 1 de enero de 2015
al 30 de diciembre de 2017, en el cual se observó que las 120 PCs y 18
laptops, entregadas a la fecha, no cumplen, entre otras, las especificaciones
técnicas establecidas en las bases integradas del procedimiento de
selección, por cuanto:
o Procesador de las PCs: el Anexo A establece como especificación
técnica que la arquitectura y tecnología del procesador ofertado debe
haber sido liberado a partir del segundo trimestre del 2016 (a partir de
1
Obrante a folios 1 al 2 del expediente administrativo sancionador en formato PDF.
2
Obrante a folios 11 al 19 del expediente administrativo sancionador en formato PDF.

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