Resolución Nº 2655-2016-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 29-12-2016

Número de resolución2655-2016-SUNARP-TR-L
Fecha29 Diciembre 2016
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Facultades de disposición de conformidad con el artículo 156 del código civil, para realizar actos de disposición (vender, donar, permutar) o gravamen se requiere de poder especial que contenga indubitablemente la facultad de disponer o gravar los bienes del representado, otorgado por escritura pública, bajo sanción de nulidad, no exigiéndose en dicho artículo que el encargo para disponer o gravar conste en forma "expresa o literal¿, sino tan sólo de manera "indubitable", es decir, que de su interpretación no quede ninguna duda.
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