Resolución Nº 2598-2021-TCE-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 31 de agosto de 2021

Número de resolución2598-2021-TCE-S1
Fecha31 Agosto 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2598-2021-TCE-S1
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Sumilla: “(…) a efecto s de determinar la configuració n de cada
una de dichas infracciones, corresponde evaluar si se
ha acreditado la falsedad o adulteración o información
inexacta, contenida en el documento presentado, en
este caso, ante la Entidad, independientemente de
quién haya sido su autor o de las circunstancias que
hayan conducido a su falsificación o adulteración (…)”.
Lima, 31 de agosto de 2021
VISTO en sesión del 31 de agosto de 2021 de la Primera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente N° 3450/2018.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra la empresa LECERJU CONTRATISTAS GENERALES
S.A.C., por su presunta responsabilidad al haber presentado supuesta documentación
falsa o adulterada e información inexacta, en el marco de la Adjudicación Simplificada
N° 162-2017-IN/OGIN - Primera Convocatoria, para la contratación del Servicio de
mantenimiento y acondicionamiento de la Comisaría Rural PNP Querecotillo”, emitida
por la Infraestructura del Ministerio del Interior, para la contratación del servicio; y,
atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según ficha registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
SEACE
1
, se advierte que el 2 de octubre de 2017, la Oficina General de
Infraestructura del Ministerio del Interior, en adelante la Entidad, convocó la
Adjudicación Simplificada N° 162-2017-IN/OGIN - Primera Convocatoria, para la
contratación del Servicio de mantenimiento y acondicionamiento de la Comisaría
Rural PNP Querecotillo”, por un valor referencial de S/ 258,363.76 (Doscientos
cincuenta y ocho mil trescientos sesenta y tres con 76/100 soles), en adelante el
procedimiento de selección.
El procedimiento de selección fue convocado bajo la vigencia de la Ley Nº 30225,
Ley de Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto Legislativo N° 1341,
en adelante la Ley, y; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-
2015-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, en adelante el
Reglamento.
1
Véase folio 33 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por CORTEZ
TATAJE Juan Carlos FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 31.08.2021 21:29:35 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 31.08.2021 21:30:25 -05:00
Firmado digitalmente por CHAVEZ
SUELDO Olga Evelyn FAU
20419026809 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 31.08.2021 21:52:03 -05:00
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2598-2021-TCE-S1
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El 12 de octubre de 2017, se llevó a cabo el acto de presentación de ofertas y, el
26 del mismo mes y año, se publicó en el SEACE el otorgamiento de la buena pro
del procedimiento de selección, el cual fue adjudicado a la empresa LECERJU
CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., por el monto de S/ 217,025.00 (Doscientos
diecisiete mil veinticinco con 00/100 soles).
El 30 de noviembre de 2017, la Entidad y la empresa LECERJU CONTRATISTAS
GENERALES S.A.C., en adelante el Contratista, suscribieron el Contrato N° 129-
2017-IN/OGIN, por el monto de su oferta, en adelante el Contrato.
2. Mediante Solicitud de Aplicación de sanción Entidad/Tercero
2
, presentado el 11
de setiembre de 2018 en la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del
Estado, en adelante el Tribunal, la Entidad puso en conocimiento que el
Contratista habría incurrido en infracción al haber presentado supuestos
documentos falsos o adulterados e información inexacta, en el marco del
procedimiento de selección.
Así, a fin de sustentar su denuncia, remitió, entre otros documentos, el Informe
N° 000689-2018/IN/OGIN/UE032/ABAS
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del 29 de mayo de 2018, a través del cual
señala lo siguiente:
i. Para la acreditación del señor Pedro Julio Tumay Huamán, como
especialista en instalaciones eléctricas, el Contratista presentó un
certificado de trabajo
4
expedido por el Consorcio Terra, por haberse
desempeñado como residente en la parte eléctrica del proyecto:
Instalación del servicio educativo del nivel inicial en las I.E.I N° 414-39/X-
Churropallana, N° 414-46*MX-P Cusibamba, N° 385/MX-P Huallachancca,
N° 361/MX-P Juscaymarca, N° 414-47/MX-P Munaypata y N° 414-9/MX-P
Satica distrito de los Morochucos Cangallo Ayacucho.
ii. A través de la Carta N° 000295-2018/IN/OGIN/UE032/ADMI
5
del 15 de
febrero de 2018, la ejecutiva de administración de la Entidad, requirió al
representante común del Consorcio Terra, que confirme la autenticidad de
la firma y sello consignados en el aludido certificado.
2
Documento obrante a folios 1 y 2 del expediente administrativo.
3
Documento obrante a folios 20 al 32 del expediente administrativo.
4
Documento obrante a folio 140 del expediente administrativo.
5
Documento obrante a folios 174 y 175 del expediente administrativo.

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