Resolución Nº 258-2021-MIDAGRI-SG-OGA del Ministerio de Agricultura, 24-11-2021

Fecha24 Noviembre 2021
Número de resolución258-2021-MIDAGRI-SG-OGA
RESOLUCION DIRECTORAL
0258 -2021-MIDAGRI-SG/OGA
Lima, 24 de noviembre de 2021
VISTO:
El Informe 0388-2021-MIDAGRI-SG/OGA-OA-SSGG, de la
Coordinadora del Área de Servicios Generales, el Informe Técnico N°023-2021-
MIDAGRI-SG/OGA-OA, ambos de la Oficina de Abastecimiento; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25191, Ley General del Sistema Nacional de Bienes
Estatales establece las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y
funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el marco del proceso de
modernización de la gestión del Estado y en apoyo y fortalecimiento al proceso de
descentralización;
Que, el artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto
Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, señala que la administración de los
bienes comprende las actividades de almacenamiento de bienes muebles, distribución,
mantenimiento y disposición final de los mismos, estipulado en el artículo 24, que la
disposición final comprende entre otros, los procedimientos mediante los cuales se
regula los actos de administración, disposición u otras modalidades, para una gestión
adecuada del patrimonio, mediante su reasignación, venta o baja definitiva;
Que, la primera disposición complementaria transitoria del
mencionado dispositivo legal señala que, en tanto la Dirección General de
Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas asuma la totalidad de las
competencias establecidas en el Decreto Legislativo, de conformidad con el proceso de
progresividad establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final, se
mantienen vigentes las normas, directivas u otras disposiciones aprobadas por la
Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en lo que resulte aplicable;
Que, la Resolución N° 046-2015/SBN, aprueba la Directiva N° 001-
2015/SBN, denominada “Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales”,
en adelante La Directiva, precisa en el numeral 5.5, Autoridad competente para aprobar
el acto administrativo, que “Los actos de adquisición, administración y disposición de
bienes; así como los procedimientos de alta y baja de los registros correspondientes
serán aprobados mediante resolución administrativa emitida por la OGA de la entidad,
en un plazo que no exceda los quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente
de recibido el expediente administrativo;
Firmado digitalmente por
CALDERÓN BARRAGÁN Teresa
Gisela FAU 20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 24.11.2021 16:42:59 -05:00
Firmado digitalmente por
KANASHIRO KATEKARU Lisette
Patricia FAU 20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 24.11.2021 17:52:16 -05:00
Firmado digitalmente por SEGURA
VILLEGAS Rony FAU 20131372931
hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 25.11.2021 08:12:21 -05:00

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR