Resolucion Nº 2549-2022-R-UNA. Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, para participar en evento a realizarse en Uruguay

Fecha de publicación19 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Puno, 14 de noviembre del 2022

VISTOS:

El MEMORÁNDUM Nº 995-2022-SG-UNA-PUNO (14-11-2022) de Secretaría General de esta Universidad, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Ordinario del 11 de noviembre del año en curso, referido a conceder licencia por Capacitación con goce de haber, para el viaje a MONTEVIDEO - URUGUAY a partir del 18 al 25 de noviembre del 2022, a favor de diversas Docentes de la Escuela Profesional de Trabajo Social - Facultad de Trabajo Social de la Universidad Nacional del Altiplano Puno; para participar en el XXIII Seminario de ALAEITS, tema central “Radicalización del Neoliberalismo y Pandemia; Contradicciones, Resistencia y Desafíos para el Trabajo Social, en la Garantía de Derechos; en concordancia con la Resolución de Decanato Nº 392- 2022-D-FTS-UNA-P y su rectificatoria Resolución de Decanato Nº 461-2022-D-FTS-UNA-P;

CONSIDERANDO:

Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de forma obligatoria (énfasis nuestro);

Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse...

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