Resolución Nº 2531-2020-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 30 de noviembre de 2020

Número de resolución2531-2020-TCE-S4
Fecha30 Noviembre 2020
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución N° 2531-2020-TCE-S4
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Sumilla: La información referida, desvirtúa la posibilidad de
que el señor Óscar Alberto Cornejo Santamaría haya
iniciado su vínculo laboral con la empresa Oficina
Digital S.A.C. desde el 2 de enero de 2012, toda vez
que para dicha fecha esta última aún no se había
constituido ni había iniciado actividades económicas,
lo que resta veracidad al contenido del documento
cuestionado, evidenciándose así su inexactitud”.
Lima, 30 de noviembre de 2020
VISTO en sesión del 30 de noviembre de 2020, de la Cuarta Sa la del Tribunal de
Contrataciones del Estado, los Expedientes N° 3397/2019.TCE y N° 5067/2019.TCE
(Acumulados), sobre el procedimiento administrativo sancionador contra las empresas
ATTENTI ELECTRONIC MONITORING LTDA y SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE
SEGURIDAD PERÚ S.A.C., integrantes del Consorcio Vigilancia Electrónica, por su
supuesta responsabilidad al haber presentado información inexacta, en el marco de
oferta presentada en el Concurso Público 002-2019-INPE/U.E.001-Primera
Convocatoria; infracción tipificada en el literal i) del numeral 50.1 del artículo 50 del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. De acuerdo a la información publicada en el Sistema Electrónico de
Contrataciones del Estado SEACE
1
, el 15 de abril de 2019, el Instituto Nacional
Penitenciario - INPE, en adelante la Entidad, convocó el Concurso Público N° 002-
2019-INPE/U.E.001-Primera Convocatoria, para la “Contratación del servicio de
vigilancia electrónica personal”, con un valor referencial de S/ 1´152,125.00 (un
millón ciento cincuenta y dos mil ciento veinticinco con 00/100 soles), en
adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo la vigencia del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto
1
Obrante en el folio 197 del expediente administrati vo.
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.11.2020 21:43:52 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.11.2020 22:27:27 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.11.2020 22:37:27 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución N° 2531-2020-TCE-S4
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Supremo N° 082-2019-EF, en lo sucesivo la Ley; y su Reglamento, aprobado por
el Decreto Supremo 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
El 14 de junio de 2019, se llevó a cabo el acto de presentación de ofertas, y el 18
del mismo mes y año, se otorgó la buena pro al Consorcio Vigilancia Electrónica,
conformado por las empresas ATTENTI ELECTRONIC MONITORING LTDA y
SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE SEGURIDAD PERÚ S.A.C., en lo sucesivo el
Consorcio, por el monto de S/ 699,337.50 (seiscientos noventa y nueve mil
trescientos treinta y siete con 50/100 soles).
Con fecha 28 de junio de 2019, el consorcio integrado por las empresas DR
MEXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y DR PERÚ SOCIEDAD
ANÓNIMA CERRADA, interpuso recurso de apelación contra el otorgamiento de
la buena pro a favor del Consorcio, solicitando se retrotraiga el procedimiento de
selección a efectos de que se descalifique su oferta e inhabilite para contratar
con el Estado, en mérito a que habría presentado información inexacta y/o falsa
en su oferta.
Mediante Resolución N° 2257-2019-TCE-S2 del 7 de agosto de 2019, el Tribunal
de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, otorgó la buena pro del
procedimiento de selección a favor del consorcio integrado por las empresas DR
MEXICO SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y DR PERÚ SOCIEDAD
ANÓNIMA CERRADA, disponiendo adicionalmente que se abra expediente
administrativo sancionador contra las empresas ATTENTI ELECTRONIC
MONITORING LTDA y SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE SEGURIDAD PERÚ S.A.C.,
integrantes del Consorcio Vigilancia Electrónica, por la presunta comisión de la
infracción tipificada en el literal i) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley.
2. Por medio del Oficio N° 1112-2019-INPE/09.03
2
y el formulario de Solicitud de
aplicación de sanción Entidad/Tercero
3
, presentados el 18 de setiembre de
2019 ante la Mesa de Partes del Tribunal, la Entidad denunció que los
integrantes del Consorcio habrían incurrido en infracción, al haber presentado
supuesta información inexacta, como parte de su oferta. Para acreditar ello,
2
Obrante en el folio 1 y 2 del expediente administrati vo.
3
Obrante en el folio 4 (anverso y reverso) del exp ediente administrativo.

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