Resolución Nº 2526-2016-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 13-12-2016

Número de resolución2526-2016-SUNARP-TR-L
Fecha13 Diciembre 2016
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Calificación de quórum de junta de propietarios a la junta deben asistir los propietarios con derecho inscrito vigentes a la fecha de celebración de la junta, debiendo verificar el registrador que no se hayan inscrito con posterioridad a la fecha de la junta, transferencias de secciones de propiedad exclusiva. De haberse inscrito transferencias entre la fecha de la junta de propietarios y la fecha de presentación del título, los nuevos propietarios deberán prestar su conformidad a la inscripción de dichos actos, sólo si los acuerdos adoptados en junta tienen por finalidad modificar su sección de propiedad exclusiva, su respectivo porcentaje de participación, los bienes comunes, los derechos y obligaciones en su condición de propietario de una sección de propiedad exclusiva, así como cualquier otro aspecto que eventualmente pueda afectarlo.
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