Resolución nº 252-2018-OEFA/TFA-SMEPIM, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 07-09-2018

Fecha07 Septiembre 2018
Número de resolución252-2018-OEFA/TFA-SMEPIM
EmisorTribunal de Fiscalización Ambiental
Tribunal
de
Fiscalización Ambiental
Sala Especializada en Minería, Energía,
Pesquería e Industria Manufacturera
RESOLUCIÓN 252-2018-OEFA/TFA-SMEPIM
EXPEDIENTE
PROCEDENCIA
ADMINISTRADO
SECTOR
APELACIÓN
2621-2017-OEF A/DFSAI/PAS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y APLICACIÓN DE
INCENTIVOS1
ATN 2 S.A.
ELECTRICIDAD
RESOLUCIÓN
OEFA/DFAI
DI
RECTORAL 1415-2018-
SUMILLA: Se corrige los errores materiales incurridos en la Resolución
Subdirectora/
1818-2017-OEFAIDFSA//SD/ del 8 de noviembre de 2017,
precisando que en la Tabla 1 de
la
misma debió decir:
Noma tlplflcadora v sanciones aplicables
(
...
)
4.
1 Constituyen infracciones administrativas relacionadas al incumplimiento
de
to
establecido
en
un
Instrumento de Gestión
Ambiental:
® Incumplir lo establecido en los Instrumentos
de
Gestión Ambiental aprobados, sin generar daño potencial o real a
ta
flora,
ta
fauna,
ta
vida o salud humana. Esta infracción se refiere
al
incumplimiento de compromisos contemplados
en tos Instrumentos de Gestión Ambiental que tienen
un
carácter social, formal u otros que
por
su naturaleza no
implican la
c:¡eneración
de
un
daño potencial o real.
(.
.
.J
INFRACCIÓN CALIFICACIÓN DE LA SANCIÓN
(SUPUESTO
DE
HECHO DEL BASE LEGAL REFERENCIAL GRAVED
AD
DE LA MO NETARIA
TIPO INFRACTOR) INFRACCIÓN
DESARROLLAR ACTIVIDADES INCUMPLIENDO LO ESTABLECIDO EN EL INSTRUMENTO DE GESTION
AMBIENTAL
(~umplir
lo
establecido
en
los
Artículo
24
º
de
la
Ley General del
mentas
de
Gestión Ambiental Ambiente, Artículo
15º
de
la
Ley De 5 a 500
aprobados,
sin
generar daño del SEIA, Artículo
29º
del Grave UIT
potencial a
la
flora,
la
fauna,
la
vida o Reglamento
de
la
Ley del SEIA.
salud humana.
Asimismo, se enmienda la Resolución Directora/ 1415-2018-OEFAIDFAI del 26
de junio de 2018, conforme a lo expuesto en los considerandos 49
al
55
de
la
presente Resolución.
)
-,
---E-l-21_d_e_d-ic-ie_m_b-re_d_e_2_0_17-se-publicó
en
el diario oficial
El
Peruano, el Decreto Supremo 013-2017-MINAM
mediante el cual se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OEFA y se derogó
el
_ ROF del OEFA aprobado mediante Decreto Supremo
022-2009-MINAM.
Cabe señalar que
el
procedimiento administrativo sancionador seguido en el Expediente 2621-2017-
OEFA/DFSAI/PAS fue iniciado durante
la
vigencia del ROF de OEFA aprobado mediante Decreto Supremo
022-2009-MINAM, en virtud del cual
la
Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (DFSAI) es
órgano de linea encargado de dirigir, coordinar y controlar el proceso de fiscalización, sanción y aplicación de
incentivos; sin embargo, a partir de
la
modificación del ROF, su denominación es
la
Dirección
de
Fiscalización y
Aplicación de Incentivos (DFAI).
)
Finalmente,
se
confirma la Resolución Directora/ 1415-2018-OEFAIDFAI del 26
de
junio
de 2018, que declaró la existencia
de
responsabilidad administrativa
de
A TN 2 S.A.
por
la comisión
de
la conducta infractora descrita en el Cuadro 1
de
la
presente Resolución, en atención a los argumentos expuestos en la parte
considerativa de la misma.
Lima, 7 de setiembre de 2018
l.
1.
2.
3.
5.
6.
ANTECEDENTES
ATN 2 S.A. 2 (en adelante, ATN 2) es titular de la línea de transmisión 220 kV
Cotaruse -Las Bambas y ampliación de Subestación Cotaruse (en adelante, LT
Cotaruse -Las Bambas), ubicada en los distritos de Cotaruse y Caraybamba,
provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac.
Mediante la Resolución Directora! 046-2013-DREM-GR del 15 de mayo de
2013, la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de
Apurímac aprobó
el
Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Línea de
Transmisión en 220 kV Cotaruse -Las Bambas y ampliación de la Subestación
Cotaruse (en lo sucesivo, EIA LT Cotaruse -Las Bambas).
Del 4 al 6 de mayo de 2017, la Dirección de Supervisión (DS) del Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) realizó una supervisión regular a
la
L T Cotaruse -Las Bambas y la ampliación de la Subestación Cotaruse
(Supervisión Regular 2017), a fin de verificar
el
cumplimiento de las obligaciones
ambientales fiscalizables.
Los resultados de la Supervisión Regular 2017 fueron recogidos
en
el Acta de
Supervisión Directa suscrita el 6 de mayo de 20173 (Acta
de
Supervisión) y
en
el
Informe de Supervisión
438-2017-OEFA/DS-ELE4 del 26 de junio de 2017
(Informe
de
Supervisión).
Sobre esa base, a través de la Resolución Subdirectora! 1818-2017-OEFA-
DFSAI/SDl5 del 8 de noviembre de 2017, la Subdirección de Instrucción e
Investigación (SDI) de la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos
(DFAI) del OEFA, dispuso el inicio de
un
procedimiento administrativo
sancionador.
Luego de evaluar los descargos presentados por el administrado6, la SDI emitió
el
Registro Único de Contribuyente
20543404609.
Páginas
10
a 14 del archivo "Exp. 0096-2017-DS-ELE", adjunto
en
el CD que obra en el folio 6.
Folios 2 al
5.
Folios 7 al
9.
Folios
13
al
21
.
2

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR