Resolucion Nº 2512-2022-JNE. Revocan la Resolución Nº 00360-2022-JEE-HCYO/JNE

Fecha de publicación10 Agosto 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Expediente Nº ERM.2022020108

JUNIN

JEE HUANCAYO (ERM.2022018666)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022

APELACIÓN

Lima, dos de agosto de dos mil veintidós

VISTO: en audiencia pública virtual del 31 de julio de 2022, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Junior Christian Galarza Torres, personero legal titular de la organización política Movimiento Regional Bloque Popular Junín (en adelante, señor recurrente), en contra de la Resolución Nº 00360-2022-JEE-HCYO/JNE, del 28 de junio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancayo (en adelante, JEE), que declaró improcedente por extemporánea la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Gobierno Regional de Junín, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022).

Oído: el informe oral.

PRIMERO. ANTECEDENTES

1.1. El 28 de junio de 2022, mediante la resolución del visto, el JEE declaró improcedente, por extemporánea, la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de la organización política Movimiento Regional Bloque Popular Junín (en adelante, OP).

La decisión se fundamentó, principalmente, en que se verificó –del cargo de recepción de la presentación electrónica– que la solicitud de inscripción fue ingresada a través de la Mesa de Partes del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes (MPSIJE), el 18 de junio de 2022, a las 00:15:02 horas, esto es, fuera del plazo legal establecido en el cronograma electoral1 y con posterioridad al plazo de ampliación otorgado mediante el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), del 14 de junio del presente año.

SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS

2.1. El 1 de julio de 2022, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra de la mencionada resolución, en el que argumentó, esencialmente, lo siguiente:

a) El JEE se ha limitado a señalar que la OP habría generado la solicitud de inscripción el 18 de junio de 2022, a las 00:11:45 horas, y producto de ello se generó el cargo de recepción a las 00:15:02 horas de la misma fecha; por consiguiente, señala que no se habría presentado en tiempo oportuno la referida solicitud.

b) En el presente caso, el JEE ha efectuado una evaluación limitada. También, al haberse restringido el uso adecuado del sistema Declara (Mesa de Partes del SIJE) ha ocasionado que se deje de tutelar el derecho constitucional que tiene todo ciudadano de participar en la vida política de la nación, consagrado en el numeral 18 del artículo 2 y en el artículo 31 de la Constitución Política del Perú, así como en los tratados y pactos internacionales suscritos por el Perú.

c) Por ello, ante esta adversidad reportada y estando próximo a vencer el plazo para la presentación de listas de candidatos, a las 23:18 horas del 17 de junio, se vieron obligados a presentar estas solicitudes, a través de mesa de partes virtual del JNE, (SISMEV) único medio por el cual se pudo presentar con éxito nuestra solicitud de inscripción de candidatos para la región Junín.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 4 del artículo 178 establece que es una competencia del Jurado Nacional de Elecciones administrar justicia en material electoral. Así, el artículo 181 determina que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones aprecia los hechos con criterio de conciencia, resuelve con arreglo a ley y a los principios generales de derecho.

En el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales 20222 (en adelante, Reglamento de Inscripción de Listas)

1.2. Los numerales 6.12, 6.27 y 6.37 del artículo 6 establecen:

6.12 Declara: Sistema informático para el registro de personeros, solicitudes de inscripción de candidaturas, declaraciones juradas de hoja de vida, plan de gobierno y sus formatos resúmenes, observadores electorales, entre otros.

[...]

6.27 Mesa de partes del SIJE: Herramienta de software que permite a los usuarios remitir electrónicamente los documentos necesarios para iniciar un trámite jurisdiccional ante el JEE o JNE, sin necesidad de apersonarse a sus instalaciones.

[...]

6.38 SIJE: Herramienta de software que automatiza, almacena y procesa...

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