RESOLUCION N° 250-2014-SERNANP - Aprueban Disposiciones Complementarias que regulan el procedimiento y funcionamiento de los Comités de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE y de las Áreas de Conservación Regional y la renovación de sus Comisiones Ejecutivas

Fecha de disposición05 Noviembre 2014
Fecha de publicación05 Noviembre 2014
El Peruano
Miércoles 5 de noviembre de 2014
536818
Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el
que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.
Regístrese y comuníquese.
RUDY ALBERTO VALDIVIA PACHECO
Jefe (e)
1158728-1
Aprueban Disposiciones Complemen-
tarias que regulan el procedimiento
y funcionamiento de los Comités
de Gestión de las Áreas Naturales
Protegidas del SINANPE y de las Áreas de
Conservación Regional y la renovación
de sus Comisiones Ejecutivas
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 250-2014-SERNANP
Lima, 17 de octubre de 2014
VISTO:
El Informe Nº 085-2014-SERNANP-OAJ de fecha 12
de junio de 2014 de la O¿ cina de Asesoría Jurídica del
Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el
Estado;
CONSIDERANDO:
Naturales Protegidas y artículo 6º de su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, en
concordancia con la Segunda Disposición Complementaria
del Decreto Legislativo Nº 1013 que aprueba la Ley de
Creación y Funciones del Ministerio del Ambiente, el
Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el
Estado - SERNANP, constituye el ente rector del Sistema
Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado
- SINANPE, teniendo entre sus funciones la de aprobar
las normas administrativas necesarias para la gestión y
desarrollo de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, el artículo 15º de la Ley antes mencionada
establece que cada Área Natural Protegida, excepto las
Áreas de Conservación Privada, contarán con el apoyo de
un Comité de Gestión, integrado por representantes del
sector público y privado, que a nivel local tengan interés
o injerencia en el Área Natural Protegida, con el ¿ n de
optimizar su gestión, administración y lograr un mejor
manejo y desarrollo sostenible;
Que, el artículo 15º del Reglamento de la Ley de Áreas
Naturales Protegidas acotado, señala que el Comité de
Gestión del Área Natural Protegida del SINANPE, está
encargado de apoyar la gestión del Área Natural Protegida,
sobre la base de lo estipulado por la Ley, el Reglamento
y el Plan Maestro respectivo, en el ámbito de la misma.
Asimismo, señala que no tiene personería jurídica y se
puede establecer por tiempo inde¿ nido, dependiendo de
la renovación de su reconocimiento;
Que, los Comités de Gestión constituyen un
mecanismo de participación de suma importancia para la
gestión del Área Natural Protegida (ANP), pues supone
la materialización de la integración de la pluralidad de
actores que realmente tienen interés respecto de un ANP
determinada;
Que, a la fecha el procedimiento que regula el
Reconocimiento y Funcionamiento de los Comités de
Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE
y de las Áreas de Conservación Regional y la Renovación
de sus Comisiones Ejecutivas, se rige de acuerdo a lo
establecido mediante Resolución de Intendencia Nº 051-
2006-INRENA-IANP, publicada el 21 de diciembre de
2006;
Que, desde la fecha en que se estableció el actual
procedimiento sobre los Comités de Gestión de las
Áreas Naturales Protegidas, la norma no ha presentado
modi¿ cación alguna; no obstante, el transcurso del tiempo
ha demostrado que el referido procedimiento tal como
se planteó necesita un nuevo enfoque que se ajuste a la
realidad actual;
Que, habiéndose consensuado los aspectos claves
que debían ser objeto de modi¿ cación en el precitado
procedimiento, a través de diversas coordinaciones
internas y externas emprendidas por el SERNANP, con
las Jefaturas de las ANP así como con los presidentes
de los Comités de Gestión, es necesario contar con un
nuevo procedimiento que regule el Reconocimiento
y Funcionamiento de los Comités de Gestión de las
Áreas Naturales Protegidas del SINANPE y de las Áreas
de Conservación Regional y la Renovación de sus
Comisiones Ejecutivas;
Que, a través del documento del visto, la O¿ cina
de Asesoría Jurídica recomienda que la aprobación
de éste procedimiento se realice mediante Resolución
Presidencial, en vista que el mecanismo de Comités
de Gestión está recogido en la Ley de Áreas Naturales
Protegidas y su Reglamento;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 331-2014-
MINAM de fecha 06 de octubre de 2014, se resolvió
autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios,
al señor Nonally Pedro Gamboa Moquillaza, Jefe del
Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el
Estado-SERNANP, del 08 al 17 de octubre de 2014;
Que, en mérito a la Resolución Ministerial señalada en
el considerando precedente, se encarga temporalmente
la Jefatura del SERNANP, al señor Rudy Alberto Valdivia
Pacheco, Director de Desarrollo Estratégico del SERNANP,
en adición a sus funciones, a partir del 09 de octubre de
2014, y en tanto dure la ausencia del titular;
Con la visación de la Dirección de Gestión de las
Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo
Estratégico y la O¿ cina de Asesoría Jurídica;
En uso de las facultades conferidas en el inciso b) del
que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
del SERNANP.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar las Disposiciones
Complementarias que regulan el procedimiento y
funcionamiento de los Comités de Gestión de las Áreas
Naturales Protegidas del SINANPE y de las Áreas de
Conservación Regional y la renovación de sus Comisiones
Ejecutivas, que en Anexo forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Aprobar el modelo de Reglamento de
sesiones y funcionamiento de la Comisión Ejecutiva del
Comité de Gestión, que en Anexo forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 3º.- La Dirección de Gestión de las Áreas
Naturales Protegidas será la encargada de absolver
las consultas técnicas que se planteen sobre la
implementación de las Disposiciones Complementarias
aprobadas mediante la presente resolución, asimismo
actuará en última instancia en caso exista alguna
controversia respecto a la interpretación de las mismas.
Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Resolución de
Intendencia Nº 051-2006-INRENA-IANP.
Artículo 5º.- Publicar la presente Resolución
Presidencial en el Diario O¿ cial “El Peruano” y su Anexo
en la página web institucional: www.sernanp.gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese
RUDY ALBERTO VALDIVIA PACHECO
Jefe (e)
1158728-2
Aprueban Zonificación Provisional del
Santuario Histórico de la Pampa de
Ayacucho
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
N° 251-2014-SERNANP
Lima, 17 de octubre de 2014
VISTO:
El Informe N° 572-2014-SERNANP-DDE, de fecha 11
de julio de 2014, de la Dirección de Desarrollo Estratégico,
en el cual se recomienda aprobar mediante Resolución

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