Resolución Nº 2461-2020-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 18 de noviembre de 2020

Número de resolución2461-2020-TCE-S2
Fecha18 Noviembre 2020
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2461-2020-TCE-S2
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Sumilla: “(…) el artículo 36 de la Ley, disponía que
cualquiera de las partes puede resolver el
contrato por caso fortuito o fuerza mayor
que imposibilite de manera definitiva la
continuación del contrato, o por
incumplimiento de sus obligaciones
conforme a lo establecido en el Reglamento,
o por hecho sobreviniente a su
perfeccionamiento que no sea imputable a
alguna de las partes. Asimismo, se dispuso
que cuan do se resuelva el contrato por
causas imputables a alguna de las partes, se
debe resarcir los daños y perjuicios
ocasionados.
Lima, 18 de noviembre de 2020
VISTO en sesión del 18 de noviembre de 2020 de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente 3017/2018.TCE, sobre procedimiento
administrativo sancionador generado contra la empresa SQ Suministro E.I.R.L., por su
presunta responsabilidad al haber ocasionado que la Entidad resuelva el Contrato,
siempre que ésta haya quedado consentida o firme en vía conciliatoria o arbitral;
infracción tipificada en el literal f) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de
Contrataciones del Estado, Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada
por el Decreto Legislativo N° 1341; y atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. A través de la Resolución Jefatural N° 015-2016-PERÚ COMPRAS, se estableció el
18 de marzo de 2016 como fecha de inicio de las operaciones y funciones de PERÚ
COMPRAS
1
.
Al respecto, tenemos que el artículo 83 del Reglamento de la Ley N° 30225,
aprobado por el Decreto Supremo 350-2015-EF, establecía que la
implementación, gestión y mantenimiento de los Catálogos Electrónicos de
1
Mediante Decreto Legislativo N° 1018, se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas
PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con
autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras, promover y
conducir los procesos de selección para la generación de Convenios Marco p ara la adquisición de bienes y s ervicios, así
como suscribir los acuerdos correspondientes.
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.11.2020 20:16:26 -05:00
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.11.2020 20:28:48 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.11.2020 20:37:26 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
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Acuerdo Marco están a cargo de la Central de Compras Públicas PERÚ COMPRAS,
para lo cual, mediante directivas, emite lineamientos complementarios.
2. El 15 de febrero de 2017, la Central de Compras Públicas Perú Compras, en
adelante Perú Compras, convocó el Procedimiento para la Implementación de los
Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco IM-CE-2017-1, en adelante el
procedimiento de implementación, aplicable para los siguientes catálogos de
“Impresoras, consumibles, repuestos y accesorios de oficina.”
Así, en esa misma fecha, Perú Compras publicó en el Sistema Electrónico de
Contrataciones del Estado SEACE y en su portal web
(www.perucompras.gob.pe), los documentos asociados a la convocatoria del
procedimiento de implementación, comprendidos por:
Procedimiento para la Selección de Proveedor para la implementación de
los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, en adelante, el
Procedimiento.
Reglas del método especial de contratación a través de los Catálogos
Electrónicos de Acuerdos Marco, en adelante, las Reglas.
Debe tenerse presente que el Procedimiento de Implementación
2
se sujetó a lo
establecido en la Directiva N° 027-2016-OSCE/CD, “Disposiciones aplicables a los
Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, en adelante la Directiva, y en la Ley
N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado con
Decreto Supremo N° 350-2015-EF.
Según el respectivo cronograma, del 16 de febrero al 15 de marzo de 2017, se llevó
a cabo el registro y presentación de ofertas, y el 16 de marzo del mismo año la
admisión y evaluación de las mismas.
Finalmente, el 17 de marzo de 2017 se publicaron los resultados de la evaluación
de ofertas presentadas en el procedimiento de implementación, en la plataforma
del SEACE y en el portal web de Perú Compras.
El 30 de marzo de 2017, Perú Compras registró la suscripción automática de
Acuerdos Marco con los proveedores adjudicados, en virtud de la aceptación
2
Conforme quedó establecido en el numeral 1.4 - “Base legal aplicable” del numeral 1 “Generalidades” del
documento denominado Procedimiento para implementación de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco.

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