Resolución Nº 2455-2021-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 24 de agosto de 2021

Número de resolución2455-2021-TCE-S4
Fecha24 Agosto 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Z
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 2455-2021-TCE-S4
Página 1 de 13
Sumilla: “(…) no basta un examen de acreditación de
falsedad o adulteración del documento
cuestionado, sino también, se hace
indispensable contar con la acreditación de
su presentación efectiva por parte del
presunto infractor. (...)”
Lima, 24 de agosto de 2021
VISTO en sesión del 24 de agosto de 2021 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente 963/2021.TCE, sobre procedimiento
administrativo sancionador generado contra la señora ANGHELA ELIZABETH ROSILLO
MORALES, por su supuesta responsabilidad al haber presentado supuesta
documentación falsa o adulterada ante el Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en el marco de
la Orden de Compra N° 2020000119; y, atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. El 8 de julio de 2020, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de La
Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en adelante la Entidad, emitió
la Orden de Compra N° 2020000119
1
, para la adquisición de Gel antibacterial
para manos, alcohol en gel antibacterial, jabón germicida líquido y antibacterial,
toallitas de aseo de descartable, toallitas húmedas desinfectables, paño facial y
pañuelos desechables de papel tissue , en adelante la Orden de Compra, a favor
de la señora ANGHELA ELIZABETH ROSILLO MORALES, por el monto ascendente a
S/ 4,644.00 (cuatro mil seiscientos cuarenta y cuatro y 00/100 soles).
El 7 de agosto de 2020, se formalizó la relación contractual entre la Entidad y la
señora ANGHELA ELIZABETH ROSILLO MORALES, en adelante la Contratista, al
haberse notificado a esta última la Orden de Compra.
Dicha contratación, si bien es un supuesto excluido del ámbito de aplicación de la
normativa de contrataciones del Estado por ser el monto menor a ocho (8)
Unidades Impositivas Tributarias (UIT), en la oportunidad en la que se realizó se
encontraba vigente el Texto Único Ordenado de la Ley 30225, Ley de
Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en
adelante el TUO de la Ley N° 30225, y su Reglamento, aprobado por el Decreto
1
Véase folio 38 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por PEREZ
GUTIERREZ Annie Elizabeth FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.08.2021 20:28:56 -05:00
Firmado digitalmente por CABRERA
GIL Cristian Joe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.08.2021 20:32:27 -05:00
Firmado digitalmente por FERREYRA
CORAL Violeta Lucero FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 24.08.2021 21:00:12 -05:00

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