Resolución Nº 2432-2016-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 01-12-2016

Número de resolución2432-2016-SUNARP-TR-L
Fecha01 Diciembre 2016
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Identificación del bien objeto de transferencia. No es necesario que en la escritura pública que contiene el acto traslativo se indique el antecedente registral del predio submateria, si existen suficientes elementos de conexión que permitan colegir que se trata del mismo bien.
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