Lima, 16 de febrero del 2024
VISTO:
El proyecto de Reglamento del Procedimiento de Evaluación integral y Ratificación del (la) Jefe(a) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del(la) Jefe(a) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), y el acuerdo del pleno de la Junta Nacional de Justicia adoptado en sesión del 15 de febrero de 2024; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo establecido por los artículos 182 y 183 de la Constitución Política, los (las) Jefe(as) de la ONPE y del RENIEC son nombrados por la Junta por un período renovable de cuatro (4) años y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2 incisos d) y e) y 35 de la Ley N.° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, es función de la Junta renovar en el cargo a los mencionados funcionarios públicos para un nuevo período, cuando corresponda, teniendo en cuenta el resultado de su gestión y la labor desarrollada por aquellos.
Asimismo, conforme a lo dispuesto por el artículo 2 inciso i) de la Ley Orgánica de la Junta, es competencia de ésta elaborar y aprobar los reglamentos especiales necesarios para la plena aplicación de sus funciones.
A efecto de promover la participación ciudadana en la gestión de la Junta Nacional de Justicia, se publicó el proyecto de Reglamento del Procedimiento de Evaluación integral y Ratificación del (la) Jefe(a) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del(la) Jefe(a) del Registro Nacional de Identificación y...