Resolución Nº 2390-2016-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 25-11-2016

Número de resolución2390-2016-SUNARP-TR-L
Fecha25 Noviembre 2016
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Caducidad de hipotecas que garantizan obligaciones futuras, eventuales o indeterminadas de no constar en la partida registral o en la declaración jurada del interesado el nacimiento de alguna obligación, el plazo de caducidad de las hipotecas que garantizan obligaciones futuras, eventuales o indeterminadas se computará desde la fecha de inscripción del gravamen, pues el artículo 120 del reglamento de inscripciones del registro de predios sólo regula la caducidad de las hipotecas que garantizan obligaciones futuras, eventuales o indeterminadas que llegaron a nacer.
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