Resolución nº 239-2019-OEFA/TFA-SMEPIM, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 17-05-2019

Fecha17 Mayo 2019
Número de resolución239-2019-OEFA/TFA-SMEPIM
EmisorTribunal de Fiscalización Ambiental
Tribunal de Fiscalización Ambiental
Sala Especializada
en
Minería, Energía,
Pesquería e Industria Manufacturera
RESOLUCIÓN 0239-2019-OEF A/TFA-SMEPIM
EXPEDIENTE
PROCEDENCIA
ADMINISTRADO
SECTOR
APELACIÓN
3045-2017-OEFA/DFSAIIPAS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN, SANCIÓN Y
APLICACIÓN DE INCENTIVOS
LUZ DEL SUR S.A.A.
ELECTRICIDAD
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
2976-2018-0EFA/DFAI
SUMILLA:
Se
declara
la
nulidad
de
la
Resolución Subdirectora/
2833-2018-
0EFA-DFAVSFEM, emitida
el
26 de
octubre
de
2018,
que
amplió
el
plazo
de
caducidad
del
presente procedimiento, y la Resolución Directora/
2976-2018-
OEFAIDFAI
del
30
de noviembre de 2018, que declaró
la
responsabilidad
administrativa de
Luz
del
Sur
S.A.A.
por
la comisión de las conductas infractoras
descritas en
el
Cuadro
1
de
la
presente resolución, toda vez
qu.e
se
ha
vulnerado
el
principio de legalidad.
Asimismo,
se
declara
la
caducidad administrativa
del
presente procedimiento
administrativo sancionador
y,
en
consecuencia,
se
ordena
que
se
proceda a
su
archivo, dejando a salvo
la
adopción
de
las medidas que correspondan
por
parte
de
la
Subdirección
de
Fiscalización en Energía y Minas.
Lima, 17
de
mayo
de
2019
l.
ANTECEDENTES
1.
Luz del Sur
S.AA.
1 (en adelante,
Luz
del
Sur) es titular
de
la denominada Zona
de Concesión
Sur
Este de Lima (en adelante, Concesión
Sur
Este), la cual está
..
conformada por los siguientes componentes: SET Cantera, SET San Vicente,
Almacén
de
Residuos San Vicente, Planta
de
Declorinación Química
de
Aceites
Dieléctricos, Almacén Chilca,
SET
San Mateo, Almacén Santa Clara, Almacén
San Juan y SET Central2.
Respecto a la Concesión
Sur
Este, Luz del
Sur
cuenta, entre otros, con el "Plan
de
Manejo Ambiental de Declorinación Química
de
Aceites Dieléctricos
Contaminados con PCB's" (en adelante,
PMA
Declorinación), aprobado con
Resolución Directora! 136-2014-MEM-AAE del 2
de
junio de 20143.
Registro Único
de
Contribuyente
20331898008.
Según
se
detalla
en
el apartado I del lnfom,e
de
Supervisión
663-2017-OEFA/DS-ELE.
Según se detalla
en
el
numeral
12
del lnfonne
de
Supervisión 663-2017-OEFA/DS-ELE.
}-
3.
Del 15 y 18
de
agosto de 2017, la Dirección
de
Supervisión (DS) del Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) realizó una acción de supervisión
regular a los distintos componentes de la Concesión Sur Este (en adelante,
Supervisión Regular 2017), cuyos resultados están recogidos en el Acta de
Supervisión suscrita el 18 de agosto de 20174 (en adelante, Acta
de
Supervisión)
y el Informe de Supervisión Directa
663-2017-OEFA/DS-ELE del 6 de
diciembre
de
20175 (en adelante, Informe
de
Supervisión).
4.
Sobre esa base, mediante Resolución Subdirectora! 0114-2018-
OEFA/DFAI/SFEM del 25 de enero del 20186, la Subdirección de Fiscalización en
Energía y Minas (SFEM) del OEFA dispuso
el
inicio del presente procedimiento
administrativo sancionador contra Luz del Sur.
5.
Luego de la evaluación de los descargos presentados por el administrado7, la
SFEM emitió el Informe Final de Instrucción
1389-2018-OEFA/DFAI/SFEM de
fecha 27 de agosto
de
20188 (en adelante, Informe Final
de
Instrucción).
6.
7.
10
11
12
13
Posteriormente, una vez presentados los descargos del administrado en torno al
Informe Final de lnstrucción9, mediante Resolución Subdirectora! 2833-2018-
OEFA-DFAI/SFEM, emitida el 26
de
octubre de 20181
º,
la SFEM amplió por tres
(3) meses el plazo
de
caducidad del procedimiento debido a que, con Oficio
0118-2018-OEFA/DFAI/SFEM, presentado el 25 de octubre de 2018
11
, solicitó al
Ministerio de Energía y Minas (MINEM) le proporcione determinada información
para un mejor resolver
12
.
Luego del decurso propio del procedimiento, la Dirección de Fiscalización y
Aplicación
de
Incentivos (DFAI) emitió la Resolución Directora! 2976-2018-
OEFA/DFAI del 30
de
noviembre
de
201813 (en adelante, Resolución Directoral),
a través de la cual declaró la existencia de responsabilidad administrativa
de
Luz
del Sur por la comisión de las conductas infractoras detalladas en el siguiente
cuadro:
Según
se
detalla en
el
folio 1.
Folios 1 al 18.
Folios 20 al 23. Notificada
el
1
de
febrero
de
2018 (folio 24).
Folios 26 al 33. Escrito
de
descargos (Registro 18704) y sus anexos, presentados
el
1
de
marzo
de
2018.
Folios 42 al 58. Notificado
el
4 de setiembre
de
2018 (folio 59).
Folios 64
al
248. Escrito y sus anexos presentados
el
25
de
setiembre
de
2018 (Registro 78833).
Folio 280. Notificada
el
31
de
octubre
de
2018 (folio 281).
Folio 278.
Esta solicitud fue absuelta
con
el
Oficio 047-2018-MEM/DGAAE presentado
el
7
de
noviembre
de
2018 (folio
283).
Folios 326 al 343. Notificada
el
7
de
diciembre
de
2018 (folio 344).
2

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