Resolución Nº 2371-2014-OS-GFE del Organismo Superior de la Inversión en Energía y Minería, 2014

Año2014
Número de resolución2371-2014-OS-GFE
Fecha de publicación26 Diciembre 2014
Tipo de documentoResolución
1
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE FISCALIZACIÓN ELÉCTRICA
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 2371-2014
Lima, 26 de diciembre del 2014
Exp. Nº 2014-211
VISTO:
El expediente 201300198055, referido al procedimiento sancionador iniciado
mediante Oficio Nº 7524-2014-OS-GFE a la empresa LUZ DEL SUR S.A.A. (en
adelante LUZ DEL SUR), con RUC Nº 20331898008, y el documento N° LE-076-
2014/RC con número de registro OSINERGMIN 201300198055.
CONSIDERANDO:
1. ANTECEDENTES
1.1 Mediante Resolución de Consejo Directivo N° 078-2007-OS/CD, se aprobó el
Procedimiento de Supervisión de la Operatividad del Servicio de Alumbrado
Público (en adelante el Procedimiento), el cual tiene como objetivo definir y
clasificar las deficiencias que afectan la operatividad de las unidades de
alumbrado público, así como fijar los plazos máximos para que el
concesionario subsane las mismas. Asimismo, el Procedimiento establece las
pautas que deben seguir tanto Osinergmin como las concesionarias para
realizar la supervisión de la operatividad de las unidades de alumbrado público.
1.2 Mediante Oficio Nº 4454-2014-OS-GFE se remitió a LUZ DEL SUR el Informe
de Supervisión Nº 011/2010-2014-04-02, correspondiente al primer trimestre
del año 2014. Asimismo, la Unidad de Distribución y Alumbrado Público de
OSINERGMIN, a través del Informe Técnico GFE-UDAP-230-2014,
recomendó iniciar procedimiento administrativo sancionador a la empresa LUZ
DEL SUR, debido a que:
A. Excedió la tolerancia para la atención de denuncias atendidas fuera de
plazo prevista en el numeral 7.4.3 del Procedimiento, en el periodo
correspondiente al primer trimestre del año 2014.
B. Incumplió, tanto el plazo regular como el plazo adicional de 5 días hábiles
para la subsanación de la deficiencia vinculada a la denuncia identificada
con código 1032300901, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.3.4
del Procedimiento para el primer trimestre del año 2014.
1.3 Mediante Oficio 7524-2014-OS-GFE, se inició el procedimiento
administrativo sancionador contra LUZ DEL SUR, por incumplir con lo
dispuesto en el Procedimiento, otorgándole quince (15) días hábiles de plazo
para presentar sus descargos a las imputaciones formuladas.
1.4 A través del documento LE-060-2014/RC, la concesionaria solicitó la
prórroga del plazo otorgado para la remisión de los descargos
correspondientes. En ese sentido, Osinergmin mediante Oficio N° 8336-2014-
OS-GFE, otorgó la ampliación de plazo solicitada por LUZ DEL SUR; no
obstante, si bien los descargos de la empresa no han sido remitidos en el plazo

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