Resolución Nº 2347-2021-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 18 de agosto de 2021

Número de resolución2347-2021-TCE-S4
Fecha18 Agosto 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 2347-2021-TCE-S4
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Sumilla: (…) habiéndose evidenciado que el
Adjudicatario no cumplió con la suscripción
del contrato, y no habiendo aquél
acreditado causa justificante para dicha
conducta, a juicio de este Colegiado, se ha
acreditado la responsabilidad en la
comisión de la infracción tipificada en el
literal b) del numeral 50.1 del artículo 50
del TUO de la Ley N° 30225.
Lima, 18 de agosto de 2021
VISTO en sesión del 18 de agosto de 2021 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente N° 3951/2020.TCE, sobre procedimiento
administrativo sancionador generado contra la empresa LLAMA GAS S.A., por su supuesta
responsabilidad al incumplir injustificadamente con su obligación de perfeccionar el
contrato derivado de la Subasta Inversa Electrónica N° 005-2020-MINAGRI-AGRORURAL-
Primera convocatoria, convocado por el PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO
AGRARIO RURAL - AGRO RURAL; infracción tipificada en el literal b) del numeral 50.1 del
artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; y atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. Según ficha del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE)1, el 31
de julio de 2020, el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural Agro Rural, en
adelante la Entidad, convocó la Subasta Inversa Electrónica N° 005-2020-MINAGRI-
AGRORURAL-Primera convocatoria, para la “Adquisición de Gas Licuado de Petróleo
GLP X 45 KG para el personal de campaña de Recolección de guano”, con un valor
referencial total de S/ 56,565.00 (cincuenta y seis mil quinientos sesenta y cinco con
00/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección, fue convocado al amparo del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por
1 Véase folios 69 al 70 del expediente administrativo en formato PDF.
Firmado digitalmente por PEREZ
GUTIERREZ Annie Elizabeth FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.08.2021 21:53:17 -05:00
Firmado digitalmente por CABRERA
GIL Cristian Joe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.08.2021 22:06:50 -05:00
Firmado digitalmente por FERREYRA
CORAL Violeta Lucero FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 18.08.2021 22:50:30 -05:00
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 2347-2021-TCE-S4
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Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante el TUO de la Ley N° 30225, y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, en
adelante el Reglamento.
Según el respectivo cronograma, del 3 al 7 de agosto de 2020 se llevó a cabo el registro
de participantes, registro y presentación de ofertas; el 10 del mismo mes y año, se
realizó la apertura de ofertas y el periodo de lances; y el 13 de agosto de 2020, se dio
el otorgamiento de la buena pro, a favor de la empresa Llama Gas S.A.C. adelante el
Adjudicatario, por el monto de su oferta económica ascendente a S/ 56,520.00
(cincuenta y seis mil quinientos veinte con 00/100 soles).
2. Mediante Oficio N° 217-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE/OA2 y Formulario
“Solicitud de Aplicación de Sanción Entidad/Tercero”3, ambos presentados el 31 de
diciembre de 2020, en la Mesa de Partes Digital del Organismo Supervisor de las
Contrataciones del Estado OSCE, la Entidad puso en conocimiento del Tribunal de
Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, que el Adjudicatario habría
incurrido en causal de infracción, al incumplir injustificadamente con su obligación de
perfeccionar el contrato.
A efectos de sustentar su denuncia adjuntó, entre otros documentos, el Informe
Legal N° 231-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRORURAL-DE/OAL4 del 6 de noviembre de
2020, a través del cual señaló lo siguiente:
El 31 de julio de 2020, la Entidad convocó el procedimiento de selección.
El 13 de agosto de 2020, el comité de selección adjudicó la buena pro del
procedimiento de selección al Adjudicatario.
El 21 de agosto de 2020, se registró el consentimiento de la buena pro en el
Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado SEACE, debiendo el
Adjudicatario presentar hasta el 2 de setiembre de 2020, los documentos para
el perfeccionamiento del contrato.
2 Véase folio 2 del expediente administrativo en formato PDF.
3 Véase folios 4 al 5 del expediente administrativo en formato PDF.
4 Véase folios 8 al 12 del expediente administrativo en formato PDF.

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