Resolución Nº 2294-2016-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 11-11-2016

Número de resolución2294-2016-SUNARP-TR-L
Fecha11 Noviembre 2016
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Procedencia de cancelación por caducidad de hipoteca constituida a favor de empresa del sistema financiero procede cancelar por caducidad una hipoteca constituida a favor de una entidad del sistema financiero si efectuado el cómputo del plazo de 10 años a partir del vencimiento de la obligación garantizada, conforme al artículo 87 del reglamento de inscripciones del registro de predios, concordante con el artículo 3 de la ley n° 26639, éste se ha producido cuando no había entrado en vigencia la ley n° 26702. Caducidad de hipotecas que garantizan obligaciones mixtas de no constar en la partida registral o en la declaración jurada del interesado el nacimiento de alguna obligación, el plazo de caducidad de las hipotecas que garantizan obligaciones indeterminadas se computará desde la fecha de inscripción del gravamen.
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