Resolución Nº 227-2021-MIDAGRI-SG-OGA del Ministerio de Agricultura, 15-10-2021

Fecha15 Octubre 2021
Número de resolución227-2021-MIDAGRI-SG-OGA
RESOLUCION DIRECTORAL
N° 0227 -2021-MIDAGRI-SG/OGA
Lima, 15 de octubre de 2021
VISTO:
El Informe 602-2021-MIDAGRI-SG/OGA-OA de fecha 13
de octubre de 2021; y,
CONSIDERANDO:
Que, la primera disposición complementaria transitoria del
Decreto Legislativo N°1439 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de
Abastecimiento, señala que, en tanto la Dirección General de Abastecimiento del
Ministerio de Economía y Finanzas asuma la totalidad de las competencias establecidas
en dicho Decreto Legislativo, de conformidad con el proceso de progresividad establecido
en la Segunda Disposición Complementaria Final, se mantienen vigentes las normas,
directivas u otras disposiciones aprobadas por la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales, en lo que resulte aplicable;
Que, de conformidad con el numeral 6.7.3.1 de la Directiva
N° 001-2015/SBN, de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales denominada
“Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales” aprobada por Resolución
046-2015/SBN, en adelante La Directiva, la toma de inventario es el procedimiento
que consiste en verificar físicamente, codificar y registrar los bienes con los que cuenta
cada entidad a una determinada fecha, con el fin de comprobar la existencia de los
bienes, contrastar su resultado con el registro contable, investigar las diferencias que
pudieran existir y proceder a las regularizaciones que correspondan;
Que, el inventario patrimonial de la entidad, debe remitirse
con fecha de cierre al 31 de diciembre del año inmediato anterior al de su presentación,
entre los meses de enero y marzo de cada año, conforme lo señalado en el segundo
considerando de la referida Resolución;
Que, el numeral 6.7.3.4, de la Directiva, establece que la
Oficina General de Administración constituirá la Comisión de Inventario que tendrá a su
cargo el procedimiento de toma de inventario de la entidad, la cual esta conformada
como mínimo, por los siguientes representantes: Oficina General de Administración, que
la presidirá, la Oficina de Contabilidad y la Oficina de Abastecimiento como integrantes;
Que, es necesario conformar la Comisión de Inventario
Físico General de Bienes del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, correspondiente al
periodo 2021, pudiendo constituir equipos de apoyo con personal debidamente calificado
para la ejecución del referido inventario físico;
Firmado digitalmente por
KANASHIRO KATEKARU Lisette
Patricia FAU 20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 15.10.2021 10:58:24 -05:00
Firmado digitalmente por
SALAVERRY HERNANDEZ Claudia
Janette FAU 20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 15.10.2021 11:48:25 -05:00

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