Resolución Nº 2253-2021-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 13 de agosto de 2021

Número de resolución2253-2021-TCE-S2
Fecha13 Agosto 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2253 - 2021-TCE-S2
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Sumilla: “(…) en reiterados pronunciamientos emitidos por este Tribunal, se
incide en la importancia que tiene que los proveedores adopten los
mecanismos internos de supervisión y control de la documentación
que presentan ante las Entidades, el Tribunal, el Registro Nacional
de Proveedores o a la Central de Compras Públicas Perú Compras,
a efectos de evitar que incurran en la c onducta recogida en el tipo
infractor.”
Lima, 13 de agosto de 2021
VISTO en sesión del 13 de agosto de 2021, de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expedientes N° 3854/2019-TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra las empresas E & V Mega Proyectos y Construcciones
S.A.C., Constructora Roher E.I.R.L. y Servicios Generales Rodríguez R S.A.C. integrantes
del Consorcio Libertad, por su supuesta responsabilidad al haber presentado
información inexacta, en el marco del Concurso Público N° 007-2019-MINEDU/UE 108-
1, para la “Contratación de servicio de transporte e instalación de veinticuatro (24)
módulos de servicios higiénicos para veinticuatro (24) II.EE. ubicadas en los distritos de
San Juan de Miraflores, Villa María del Triunfo, Villa El Salvador, Chilca, Lurín, Punta
Hermosa, San Bartolo, Pachacamac, Provincia de Lima, Región de Lima”,, en el marco de
la Orden de Servicio N° 359-2019-Oficina General de Administración, convocado por el
Programa Nacional de Infraestructura Educativa UE 108 PRONIED, y atendiendo a los
siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE)
1
, el 7 de julio
de 2019, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa UE 108 PRONIED, en
lo sucesivo la Entidad, convocó el Concurso Público N° 007-2019-MINEDU/UE 108-
1, para la “Contratación de servicio de transporte e instalación de veinticuatro (24)
módulos de servicios higiénicos para veinticuatro (24) II.EE. ubicadas en los
distritos de San Juan de Miraflores, Villa María del Triunfo, Villa El Salvador, Chilca,
Lurín, Punta Hermosa, San Bartolo, Pachacamac, Provincia de Lima, Región de
Lima”, con un valor estimado de S/ 744,359.57 (setecientos cuarenta y cuatro
1
Véase a folio 247 y 248 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 13.08.2021 21:15:37 -05:00
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 13.08.2021 21:39:51 -05:00
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 13.08.2021 22:34:06 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 2253 - 2021-TCE-S2
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trescientos cincuenta y nueve con 57/100 soles), en lo sucesivo, el procedimiento
de selección.
El procedimiento de selección se realizó bajo la vigencia del Texto Único Ordenado
de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto
Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
El 13 de agosto de 2019 se llevó a cabo la presentación de ofertas [electrónica] y
el 20 del mismo mes y año, se adjudicó la buena pro al Consorcio Libertad
integrado por las empresas E & V Mega Proyectos y Construcciones S.A.C.,
Constructora Roher E.I.R.L. y Servicios Generales Rodríguez R S.A.C., en adelante
el Consorcio, por el valor de su oferta económica ascendente a
S/ 600,00.00 (doscientos un mil cien con 00/100 soles).
2. Mediante Oficio Nº 783-2019-MINEDU/VMGI/PRONIED/OGA-UA
2
y Formulario de
Solicitud de Aplicación de Sanción - Entidad
3
, presentados el 15 de octubre de
2019 en la Mesa de Partes de Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante
el Tribunal, la Entidad puso en conocimiento que el Consorcio, habría incurrido en
infracción, al haber presentado presunta información inexacta en su oferta.
Para efectos de sustentar su denuncia, adjuntó, entre otros documentos, el
Informe N° 1158-2019-MINEDU-VMGI-PRONIED/OGA-UA-CEC
4
del 14 de octubre
de 2019, en el cual se expuso lo siguiente:
En el marco de la fiscalización posterior, mediante Oficio Nº 597-2019-
MINEDU-VMGI-PRONIED/OGA-UA
5
, requirió a la Jefatura de la Zona Registral
Nº V Sede Trujillo, confirme si los señores Alexander Rafael Eustaquio
Quispe y Lucila Roxana Vargas Villacorta se encuentran acreditados como
representantes legales de las empresas Roca Ingeniería de la Construcción
S.A.C. y E&V Mega Proyectos y Construcciones S.A.C., respectivamente, a la
fecha de suscritos los contratos de prestación de servicio del 5 de enero de
2012
6
y del 1 de febrero de 2012
7
.
2
Obrante a folio 1 del expediente administrativo.
3
Obrante a folio (anverso y reverso) 3 del expediente administrativo.
4
Obrante a folios 17 al 19 del expediente administrativo.
5
Obrante a folio 151 del expediente administrativo.
6
Obrante a folios (anverso y reverso) 155 al 157 del expediente administrativo.
7
Obrante a folios (anverso y reverso) 158 al 160 del expediente administrativo.

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