Resolución nº 222-2020-OEFA/TFA-SE, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 05-11-2020

Número de resolución222-2020-OEFA/TFA-SE
Fecha05 Noviembre 2020
EmisorTribunal de Fiscalización Ambiental
2020-I01-034523
Tribunal de Fiscalización Ambiental
Sala Especializada en Minería, Energía,
Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios
1
RESOLUCIÓN Nº 222-2020-OEFA/TFA-SE
Datos
EXPEDIENTE N°
:
0051-2019-DSEM-CMIN
PROCEDENCIA
:
DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL EN
ENERGÍA Y MINAS
ADMINISTRADO
:
OXIDOS DE PASCO S.A.C.
SECTOR
:
MINERÍA
APELACIÓN
:
RESOLUCIÓN N° 043-2020-OEFA/DSEM
Sumilla
SUMILLA: Se confirma la Resolución N° 043-2020-OEFA/DSEM del 16 de julio de
2020, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la
Resolución N° 072-2019-OEFA/DSEM del 29 de octubre de 2019, mediante la cual se
ordenó a Óxidos de Pasco S.A.C. el cumplimiento de las medidas administrativas
detalladas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución.
Lima, 5 de noviembre de 2020
I. ANTECEDENTES
Unidad fiscalizable
1. Óxidos de Pasco S.A.C.
1
(en adelante, Óxidos de Pasco) es titular de la unidad
fiscalizable Planta de Óxidos
2
, ubicada en los distritos de Chaupimarca, Simón
Bolivar y Yanacancha, provincia y departamento de Pasco (en adelante, UF
Planta de Óxidos).
1
Registro Único de Contribuyentes Nº 20600715187.
2
Según consta en Escritura Pública del 1 de octubre de 2015 otorgada ante Notario Público de Lima, Empresa
Administradora Cerro S.A.C. formalizó la escisión de una parte de su bloque patrimonial con el objeto de aportarlo
para la constitución de la nueva sociedad denominada Óxidos de Pasco S.A.C., la misma que fue inscrita el 23
de octubre de 2015 en el registro de la partida electrónica N° 13507162 Zona Registral N° IX-SEDE LIMA. El
bloque patrimonial escindido comprendió la Planta de Óxidos, así como toda la maquinaria y bienes muebles que
se encontraban en aquella planta; la ruta de acarreo de mineral oxidado de st ock piles Planta de Óxidos; la
línea de conducción de relaves Planta de Óxidos-Ocroyoc; el stock piles o pacos y la ruta de acarreo de mineral
oxidado Tajo Stock piles y del desmonte Tajo Hanancocha. Asimismo, incluyó el derecho de actividades de
beneficio en la concesión de beneficio Paragsha-Ocroyoc y los contratos vinculados al funcionamiento, operación
y comercialización de la Planta de Óxidos. En ese sentido, Óxidos de Pasco S.A.C es titular de la Planta de
Óxidos que forma parte de la UEA Cerro Pasco.
2
2. La UF Planta de Óxidos cuenta, entre otros, con los siguientes instrumentos de
gestión ambiental
3
:
a) Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Ampliación de las Plantas
Concentradoras Paragsha 8,500 a 9,500 TMD-San Expedito 450 a 650 TMD
UEA - Cerro de Pasco”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 318-2008-
MEM/AAM del 31 de diciembre de 2008
4
(en adelante, EIA Paragsha).
b) Estudio de Impacto Ambiental Excepcional de la “Planta Complementaria para
beneficio de minerales oxidados”, aprobado mediante Resolución Directoral N°
236-2011-MEM/AAM del 1 de agosto de 2011
5
(en adelante, EIA Excepcional).
3. La Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas (DSEM) del Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) realizó las siguientes
supervisiones en la UF Planta de Óxidos:
a) Supervisión especial del 17 al 23 de abril de 2018 (en adelante, Supervisión
Especial 2018-I).
b) Supervisión especial del 21 de octubre de 2018 (en adelante, Supervisión
Especial 2018-II).
c) Supervisión especial del 13 al 15 de marzo de 2019 (en adelante, Supervisión
Especial 2019).
4. Mediante la Resolución N° 072-2019-OEFA/DSEM del 29 de octubre de 2019
6
, la
DSEM ordenó a Óxidos de Pasco dos (2) medidas preventivas y un (1) mandato
de carácter particular, conforme al siguiente detalle:
Cuadro N° 1: Medidas Preventivas y mandato de carácter particular
Medidas Preventivas
Plazo de
cumplimiento
Forma para acreditar el
cumplimiento
1
Cinco (5) días hábiles,
contados desde el día
siguiente de la
notificación de la
Resolución 072-
2019-OEFA/DSEM,
A fin de cumplir con la presente
medida preventiva, a los
cinco (5) días h ábiles,
contados desde el día
siguiente de la notificación
de la Resolución 072-
3
Cabe precisar que, mediante la Resolución Directoral N° 218-2017-MEM-DGAAM del 31 de julio de 2017, la
Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) del Ministerio de Energía y Minas (MINEM)
resolvió transferir de pleno derecho el EIA Excepcional, así como los demás instrumentos de gestión ambiental
referidos a la concesión de beneficio Paragsha Ocroyoc, a favor de Óxidos de Pasco.
4
Sustentada en el Informe Nº 1430-2008-MEMAAM/RPP/MPC del 30 de diciembre de 2008.
5
Sustentada en el Informe Nº 739-2011-MEMAAM/MLI/CAG/PRR/MPC/RPP/MAA/MRN del 27 de julio de 2011.
6
Notificada el 30 de octubre de 2019.
3
Medidas Preventivas
Plazo de
cumplimiento
Forma para acreditar el
cumplimiento
para presentar el plan
de mantenimiento
detallado, el cual
deberá ser aprobado
por la DSEM.
Noventa (90) días
hábiles, contados
desde el día siguiente
de la aprobación del
plan de mantenimiento
detallado, para ejecutar
la medida preventiva.
2019-OEFA/DSEM, Óxidos
de Pasco deberá presentar
ante el OEFA, por mesa de
partes, un Plan de
mantenimiento detallado que
incluya como mínimo, un
cronograma de
implementación de la
medida (el mismo que será
aprobado por la DESEM), las
especificaciones técnicas de
la medida, documentos que
sustenten la aplicación de
dicha medida u otros que se
considere necesarios.
A fin de verificar el cumplimiento
de la presente medida
preventiva, Óxidos de Pasco
deberá presentar en forma
semanal ante el OEFA, al correo
dsmineria@oefa.gob.pe, los
siguiente:
i) Un informe técnico que
contenga los medios
probatorios visuales
(fotografías panorámicas y
con acercamiento y/o videos,
debidamente fechados y con
coordenadas UTM WGS 84);
ii) Informes de laboratorio y
otros sobre la ejecución de la
medida ordenada;
iii) El consolidado de todos los
informes técnicos en físico,
una vez que se haya
acreditado el cumplimiento
de la medida preventiva por
mesa de partes del OEFA.
2
Cinco (5) días hábiles,
contados desde el día
siguiente de la
notificación de
Resolución 072-
2019-OEFA/DSEM,
para presentar el plan
de abastecimiento de
agua para consumo
humano, el cual deberá
ser aprobado por la
DSEM.
El abastecimiento
A fin de cumplir con la presente
medida preventiva, a los cinco (5)
días hábiles, contados desde el
día siguiente de la notificación de
la Resolución 072-2019-
OEFA/DSEM, Óxidos de Pasco
deberá p resentar ante el OEFA,
por mesa de partes un Plan de
abastecimiento de agua
detallado que incluya, como
mínimo, un cronograma de
distribución de agua (el mismo
que será aprobado por la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR