Resolución nº 222-2019-OEFA/TFA-SMEPIM, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 30-04-2019

Fecha30 Abril 2019
Número de resolución222-2019-OEFA/TFA-SMEPIM
EmisorSala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera
1
,,
Tribunal de Fiscalización Ambiental
Sala Especializada en Minería, Energía,
Pesquería e Industria Manufacturera
RESOLUCIÓN 222-2019-OEFA/TFA-SMEPIM
EXPEDIENTE
PROCEDENCIA
ADMINISTRADO
SECTOR
APELACIÓN
0180-2018-OEFA/DFAI/PAS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y APLICACIÓN
DE
INCENTIVOS
NEXA RESOURCES ATACOCHA S.A.A.
MINERÍA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL 3069-2018-OEFA/DFAI
SUMILLA: Se confirma el Artículo de la Resolución Directora/ 3069-2018-
OEFAIDFAI del 30
de
noviembre
de
2018, que declaró la existencia de
responsabilidad administrativa
de
Nexa Resources Atacocha S.A.A., por la
comisión
de
las conductas infractoras
5
1,
2 y 3 descritas en el cuadro 1
de
la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
Asimismo, se confirma el Artículo
de
la Resolución Directora/ 3069-2018-
OEFAIDFAI del 30
de
noviembre de 2018,
en
el extremo que ordenó a Nexa
Resources Atacocha S.A.A. el cumplimiento
de
la medida correctiva descrira en
el cuadro 2 de la presente resolución.
Lima,
30
de abril de 2019
l.
ANTECEDENTES
1.
Nexa Resources Atacocha S.A.A. (en adelante, Atacocha) 1
es
titular de
la
unidad
fiscalizable Atacocha
(en
adelante, UF Atacocha), ubicada
en
el
distrito
de
San
. , ,
2.
La
UF
Atacocha cuenta con los siguientes instrumentos de gestión ambiental:
a)
Programa de Adecuación de Manejo Ambiental
de
la
U.M. Atacocha,
aprobado mediante Resolución Directora!
089-97-EM/DGM del 6
de
marzo
de 1997 (en adelante, PAMA Atacocha).
b)
Estudio
de
Impacto Ambiental del proyecto Nuevo Depósito
de
Relaves Vaso
Cajamarquilla -Etapa
1,
aprobado mediante Resolución Directora!
234-
2005-MEM-DGAAM del 8 de junio del 2005.
Registro Único de Contribuyente 20100123500.
3.
c)
Modificación del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Depósito de
Relaves Vaso Cajamarquilla, aprobada mediante Resolución Directora!
242-2007-MEM-MM del
19
de julio de 2007.
d)
Estudio
de
Impacto Ambiental del proyecto Nuevo Depósito de Relaves Vaso
Atacocha, aprobado mediante Resolución Directora!
361-2007-MEM-
DGMM
del 30 de octubre del 2007
(en
adelante, EIA Vaso Atacocha).
e)
Modificación del Estudio de Impacto Ambiental
de
la
Ampliación de
Capacidad de Producción
de
la
Planta Concentradora
de
la
Concesión
de
Beneficio Chicrín 2 a 5000 TDM, aprobado mediante Resolución Directora!
284-2012-MEM-MM del 5 de setiembre del 2012.
f) Modificación del Estudio
de
Impacto Ambiental del Proyecto de Depósito
de
Relaves Vaso Atacocha, aprobada mediante Resolución Directora! 380-
2012-MEM-MM del
19
de
noviembre del 2012.
g)
Plan de Cierre de Minas de
la
Unidad Minera Atacocha, aprobado mediante
Resolución Directora! 198-2009-MEM-MM del
08
de julio del 2009.
h)
Modificación del Plan de Cierre de Minas de
la
Unidad Minera Atacocha,
aprobada mediante Resolución Directora! 139-2012-MEM-MM del
03
de
mayo del 2012.
i)
Actualización del Plan de Cierre de Minas
de
la
Unidad Minera Atacocha,
aprobada mediante Resolución Directora!
387-2012-MEM-MM del
22
de
noviembre del 2012.
j)
Informe Técnico Sustentatorio
01:
Modificación
del
método de explotación
de
la
veta "San Gerardo", cuya conformidad
se
dio mediante Resolución
Directora!
170-2014-MEM-DGMM del
10
de
abril de 2014 (en adelante,
ITS Atacocha 2014).
k)
Informe Técnico Sustentatorio
02:
Modificación
de
disposición de relaves
aprobados -Depósito de Relaves Vaso Atacocha, cuya conformidad
se
dio
mediante Resolución Directora!
527-2014-MEM-DGMM del 20 de octubre
de 2014, sustentada
en
el
Informe 1080-2014-MEM-
DGMM/DNAM/DGAM/B del
16
de
octubre
de
2014.
Del
3
al
5 de mayo del 2016,
la
Dirección de Supervisión
(en
adelante, DS) del
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
(en
adelante, OEFA), realizó
una Acción de Supervisión Regular
(en
adelante, Supervisión Regular 2016) a
la
UF Atacocha, durante
la
cual
se
detectaron hallazgos que
se
registraron
en
el
Informe Preliminar
de
Supervisión Directa 1379-2016-OEFA/DS-MIN2
(en
adelante, Informe Preliminar),
el
Informe de Supervisión Directa 2089-2016-
OEFA/DS-MIN3
(en
adelante, Informe de Supervisión) y
el
Anexo del Informe de
Contenido
en
un
disco compacto que obra en
el
folio 11.
Contenido en
un
disco compacto que obra en el folio
11
2
Supervisión Directa 2089-2016-OEFA/DS-MIN4 (en adelante, Anexo del
Informe de Supervisión).
4.
Mediante Resolución Subdirectora! Nº500-2018-OEFA/DFAI/SFEM del
28
de
febrero de 20185,
la
Subdirección de Fiscalización
en
Energía y Minas (en
adelante, SFEM) de la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos (en
adelante, DFAI) del OEFA inició
un
procedimiento administrativo sancionador
contra Atacocha.
5.
El
9 de mayo de 20186, Atacocha presentó su escrito de descargos a la imputación
de cargos realizada mediante Resolución Subdirectora! Nº500-2018-
OEFA/DFAI/SFEM.
6.
Mediante Resolución Subdirectora! 2391-2018-OEFA/DFAI/SFEM del
13
de
agosto del 2018 (en adelante, Resolución de Variación)7
la
SFEM resolvió variar
la
imputación de cargos de la conducta infractora Nº3 del Cuadro 1
de
la
Resolución Subdirectora! Nº500-2018-OEFNDFAI/SFEM; respecto de la cual el
titular minero presentó sus descargos a
la
resolución de variación
el
día
14
de
setiembre del 20188.
(
7.
Luego, la SFEM emitió
el
Informe Final de Instrucción 1733-2018-
OEFA/DFAI/SFEM de fecha 28 de setiembre del 20189 (en adelante, Informe
Final de lnstrucción)1
º,
respecto del cual la administrada presentó sus descargos
el
12 de noviembre de 2018
11
.
8.
Posteriormente, la DFAI emitió
la
Resolución Directora! 3069-2018-
OEFA/DFAl12 del 30 de noviembre de 2018
13
, a través de la cual declaró la
responsabilidad administrativa de Atacocha
14
por la comisión de las siguientes
conductas infractoras.
10
11
12
13
14
Folios del 1 al 1 O
Folios 22
al
27. Notificada
el
09 de abril de 2018 (folio 28).
Folios 30
al
52.
Folios 53 al 58.
Folios
61
al
78.
Notificado
el
18 de octubre
de
2018 (folio 96)
Folios 79 al 95.
Folios 109 a 127.
Folios 164 a 186.
Notificado
el
1 O de diciembre de 2018 (folio 187)
En
virtud de
lo
dispuesto
en
el
artículo 19º de
la
Ley
30230, Ley que establece medidas tributarias,
sim lificación de rocedimientos ermisos
ara
la
remoción dinamización
de
la
inversión
en
el país:
Ley
30230, Ley que establece medidas tributarias,
simplificación
de procedimientos y permisos para
la
promoción
y dinamización de la inversión
en
el país, publicada
en
el diario oficial
El
Peruano
el
12
de
julio
de 2014.
Artículo
19º. -Privilegio de la prevención y corrección
ele
las conductas infractoras
En
el
marco de
un
enfoque preventivo de
la
política ambiental, esta'blécese
un
plazo de tres
(3)
años
contados
a
partir de
la
vigencia de
la
presente
Ley,
durante
el
cual
el
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -
3

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