Resolución Nº 2215-2016-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 03-11-2016

Número de resolución2215-2016-SUNARP-TR-L
Fecha03 Noviembre 2016
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Anticresis para la inscripción de una anticresis ordinaria o típica, el instrumento público deberá expresar el monto de la deuda garantizada, la renta del inmueble y la tasa de interés que se pacte, así como la fecha de vencimiento de la deuda garantizada, lo cual se deberá consignar en el asiento registral respectivo, conforme al artículo 134 del reglamento de inscripciones del registro de predios.
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