Resolucion N° 220-2023-SUNARP/SN. Autorizan la presentación electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital SID-SUNARP, del parte consular de otorgamiento de poder, emitido con firma digital del funcionario consular, para su inscripción en el Registro de Mandatos y Poderes

Fecha de publicación22 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Designan Jefa de Oficina I de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración de la PCM

Lima, 20 de diciembre de 2023


VISTOS:


El Informe Técnico N° 130-2023-SUNARP/DTR del 20 de diciembre de 2023 de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 1775-2023-SUNARP/OTI del 15 de diciembre de 2023 de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Informe N° 1183-2023-SUNARP/OAJ del 14 de diciembre de 2023 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,


CONSIDERANDO:


Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;


Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;


Que, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que, en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo se encuentran al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la eficiencia; por lo que, la gestión de las entidades del Estado debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y la mejora continua;


Que, el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitación de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;


Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores es un organismo del Poder Ejecutivo cuyo ámbito de acción es el sector relaciones exteriores, el cual cumple sus atribuciones de acuerdo con lo señalado en su Ley de Organización y Funciones, Ley N° 29357; estando entre sus facultades la de normar, coordinar y controlar las inscripciones en el registro de instrumentos públicos que se llevan en las oficinas consulares, las mismas que, como órganos de servicio exterior, integran dicho sector;


Que, el artículo 120 del Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2023-RE, señala que las Oficinas Consulares efectúan el traslado o presentación de los partes consulares a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, a través de medios electrónicos, siendo que, aquellos partes consulares que se...

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