Lima, 28 de setiembre de 2023
VISTOS: El Informe N° 00325-2023-JUS/PRONACEJ-UGRH de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y el Informe Legal N° 00362-2023-JUS/PRONACEJ-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-JUS, publicado el 1 de febrero de 2019 en el Diario Oficial “El Peruano”, se creó el Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ), en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la Ley Penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los centros juveniles, a nivel nacional;
Que, el artículo 7 del MOP establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del PRONACEJ; por lo que, es responsable de planificar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones técnico - administrativas y operativas del Programa, cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal;
Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ, aprobado por Resolución Ministerial N° 0281-2019-JUS, el cargo estructural de “jefe/a de la Unidad de Administración”...