Resolución Nº 219-2017-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 31-01-2017

Número de resolución219-2017-SUNARP-TR-L
Fecha31 Enero 2017
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Cancelación por caducidad de hipoteca a favor del banco de la vivienda la hipoteca constituida a favor del banco de la vivienda en liquidación, no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 3 de la ley nº 26639 por tratarse de una empresa del sistema financiero, salvo que el plazo de caducidad se haya cumplido antes del 10 de diciembre de 1996, fecha en que entró en vigencia la ley n° 26702.
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