Resolución Nº 2157-2020-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 6 de octubre de 2020

Número de resolución2157-2020-TCE-S2
Fecha06 Octubre 2020
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Z
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 02157-2020-TCE-S2
Página 1 de 16
Sumilla: “(…) debe tenerse en cuenta que la prescripción
es una institución jurídica, en virtud de la cual
el transcurso del tiempo genera ciertos
efectos respecto de los derechos o facultades
de la s personas en cuanto al ejercicio de la
potestad punitiva de parte de la
Administración Pública, la cual tiene efectos
respecto de los particulares.”
Lima, 6 de octubre de 2020
VISTO en sesión del 6 de octubre de 2020 de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente N° 2243/2019.TCE, sobre procedimiento
administrativo sancionador seguido contra la empresa INGENIERÍA DE LA
INFORMÁTICA S.A. - INFORDATA S.A., por su supuesta responsabilidad al haber
presentado, como parte de su oferta, documentos falsos o con información inexacta;
infracción que estuvo tipificada en el literal j) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley
Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1017, modificada por
la Ley N° 29873, atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. De acuerdo a la información publicada en el Sistema Electrónico de Contrataciones
del Estado SEACE
1
, el 27 de diciembre de 2013, la Universidad Nacional José F.
Sánchez Carrión, en adelante la Entidad, convocó a la Adjudicación de Menor
Cuantía N° 026-2013-CE AD HOC-UNJFSC - Derivada de la LP-004-2013-CE AD HOC-
UNJFSC - Primera Convocatoria, para la contratación de bienes Mejoramiento de
los servicios académicos que la facultad de ciencias empresariales de la
Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, con un valor referencial total
ascendente a S/ 1’040,634.48 (un millón cuarenta mil seiscientos treinta y cuatro
con 48/100 nuevos soles), en adelante el proceso de selección.
Dicho proceso de selección fue convocado bajo la vigencia de la Ley de
Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo 1017,
modificada por la Ley N° 29873, en lo sucesivo la Ley; y, su Reglamento, aprobado
por el Decreto Supremo 184-2008-EF, y sus modificatorias, en adelante el
Reglamento.
1
Documento obrante a folio 181 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por ROJAS
VILLAVICENCIO DE GUERRA Maria
Del Guadalupe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 06.10.2020 21:33:50 -05:00
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 06.10.2020 21:43:19 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 06.10.2020 21:46:57 -05:00
Z
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 02157-2020-TCE-S2
Página 2 de 16
Según el cronograma respectivo, el 9 de enero de 2014 se llevó a cabo la
presentación de ofertas y según Acta, en la misma fecha, se adjudicó la buena pro
a la empresa Ingeniería de la Informática S.A. - INFORDATA S.A., en adelante la
Adjudicataria, por el monto de S/ 1´039,000.00 (un millón treinta y nueve mil con
00/100 nuevos soles).
2. Mediante Oficio N° 0821-2019-R-UNJFSC
2
presentado el 10 de junio de 2019 en la
Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal,
la Entidad puso en conocimiento que la Adjudicatario habría incurrido en causal
de infracción.
A fin de sustentar su denuncia, remitió entre otros documentos, el Informe N° 013-
2015-2-0212
3
emitido por el Órgano de Control Institucional, a través del cual se
señaló que, de la revisión del expediente de contratación del proceso de selección,
se advirtió lo siguiente:
2.1 Con Carta N° 002-2013-CE AD HOC del 27 de diciembre de 2013, el
presidente del comité especial requirió al Rector apruebe las bases
administrativas del proceso de selección, y como consecuencia de ello, a
través del Oficio N° 1611-2013-UNJFSC de la misma fecha, se aprobaron las
mencionadas bases.
2.2 En cumplimiento al cronograma establecido en aquellas, el 9 de enero de
2014 se efectuó la apertura de sobres, calificación y evaluación de
propuestas, apreciándose, del registro de participantes publicado en el
SEACE, que la Adjudicataria se presentó como único participante, actuando
en su representación - en el acto público de presentación de propuestas - su
apoderado, el señor Roberto Yanac Victorio.
2.3 Durante la calificación y evaluación de la propuesta técnica presentada por
la Adjudicataria, realizada por el comité especial, se advirtieron las
siguientes irregularidades:
2.3.1 Índice: La propuesta técnica carece de una hoja de índice que señale
el número total de folios.
2.3.2 Foliación: La propuesta técnica presentada por la Adjudicataria, no
está foliada correlativamente, ésta empieza desde el numero 001
2
Documento obrante a folio 1 del expediente administrativo.
3
Documento obrante a folio 8 al

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR