Resolución Nº 2143-2016-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 25-10-2016

Número de resolución2143-2016-SUNARP-TR-L
Fecha25 Octubre 2016
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Adjudicación y cancelación de precio si bien no resulta exigible que en una adjudicación se indique precio de venta o valorización, por tratarse de un acto jurídico distinto a la compraventa y a la donación, sin embargo si el juez señala que la sentencia que ordena el otorgamiento de escritura pública no implica declaración de cancelación de precio, entonces se tiene que el acto a inscribir es una compraventa y debe señalarse por tanto el precio y su cancelación, de ser el caso.
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